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Parte II: Metodologías y Estrategías de prevención y detección
 
 

 

Capítulo II-6

 

El Uso Abusivo del Sistema Financiero para el Financiamiento del Terrorismo

 

 

 

Las organizaciones terroristas utilizan también el sistema financiero legal para sus operaciones financieras.

Las investigaciones realizadas sobre los atentados del 11 de septiembre de 2001, así como sobre el comportamiento financiero de muchos grupos terroristas, han enseñado que habían usado o utilizan los diferentes servicios ofrecidos por el sistema financiero legal.

Si bien, el refuerzo de las medidas antilavado en este sector ha dificultado la realización de este tipo de transacciones financieras, sin embargo, las posibilidades de poder usar todavía sus herramientas, existen. Los perfiles del terrorismo internacional, muy diferentes de los correspondientes para el lavado de activos, hacen aún más difícil su detección por parte de las instituciones financieras.

 

Índice del capítulo. Se puede acceder directamente al capítulo deseado haciendo un "clic" con el mouse en el tema correspondiente.

2.6.1 Las Transferencias Electrónicas de fondos

 

2.6.1.1. La Problemática

 

2.6.1.2. Los Indicadores de Alerta para las Instituciones Financieras:

 

2.6.1.3. Las Mejores Prácticas de Prevención y Detección

2.6.2. Las Tarjetas Bancarias

 

2.6.2.1. La Problemática

 

2.6.2.2. Señales de Alerta

 

2.6.2.3. Mejores Prácticas de Prevención del Uso de Tarjetas Bancarias para el Financiamiento del Terrorismo

2.6.3. La Especulación sobre Mercados Financieros

 

2.6.3.1. La Problemática

 

2.6.3.2. Metodologías

 

2.6.3.3. Mejores Prácticas de Prevención

2.6.4. Productos de Seguros

 

2.6.4.1. Utilización para Recaudar Fondos

 

2.6.4.2. Utilización para Proteger Fondos.

 

2.6.4.3. Utilización para Mover Fondos Internacionalmente

 

2.6.4.4. Indicadores Específicos al Financiamiento del Terrorismo

 

2.6.4.5. Mejores Prácticas de Prevención del Uso del Sector Asegurador para Fines de Financiamiento del Terrorismo

2.6.5. Otras Utilizaciones del Sistema Financiero

 

2.6.5.1. Cuentas Dormidas

 

2.6.5.2. El « Swap » de Fondos entre Cuentas Aliadas.

 

2.6.5.3. Cheques Viajeros

 

2.6.5.4. El Arbitraje Cambiario Internacional

 

2.6.5.5. Depósitos a Plazo Fijo (a término)

 

2.6.5.6. Préstamos Bancarios

2.6.6. Análisis de Casos

2.6.7. Mejores Prácticas de Prevención y Detección

2.6.8. Zona de Lectura

 

 

2.6.1 Las Transferencias Electrónicas de Fondos

 

2.6.1.1. La Problemática

 

La transferencia electrónica o transferencia de fondos, está definida por el GAFI como toda transacción financiera efectuada “por una persona a través de una institución financiera por medios electrónicos, con el fin de que se ponga una cierta suma de dinero a disposición de una persona en otra institución financiera. En ciertos casos, el remitente (ordenante) y el beneficiario pueden ser la misma persona. Las transferencias electrónicas pueden ser nacionales (domésticos) o internacionales. Dado que no implican movimientos físicos de divisas, las transferencias electrónicas constituyen un medio rápido y seguro para mover fondos de un lugar a otro”.

Las transferencias electrónicas de fondos fueron utilizadas por los responsables de los atentados en el suelo norteamericano en 2001. De hecho, parece que esta técnica es bastante usada por los grupos terroristas, ya sea sobre un plano domestico, como a nivel internacional, lo que ha justificado una recomendación especial sobre este servicio financiero por parte de los expertos del GAFI en octubre de 2001.

 

Recomendación Especial n° VIII - GAFI

Los países deben tomar medidas para exigir a las instituciones financieras, incluyendo a las que se dedican al giro de dinero o títulos valores, que incluyan información adecuada y significativa sobre el ordenante (nombre, domicilio y numero de cuenta) en las transferencias de fondos y mensajes relativos a las mismas; dicha información debe permanecer con la transferencia o mensaje relativo a ella a través de la cadena de pago.

Los países deben tomar medidas para asegurar que las instituciones financieras, incluyendo a las que se dedican al giro de dinero o títulos valores, realicen un examen detallado y vigilen las transferencias de fondos de actividades sospechosas que no contengan toda la información acerca del ordenante (nombre, domicilio y número de cuenta)

 

Las transferencias electrónicas son uno de los medios más rápidos de transferir fondos. Son realizadas no solamente por los bancos utilizando sus diferentes sistemas interbancarios de transferencias de fondos (por ejemplo el sistema SWIFT), o también pueden ser realizadas por entidades financieras no bancarias, tales como las remisoras de fondos, las casas de cambio, los servicios oficiales de correo etc. Implican el esquema siguiente:

 

En el caso de utilización del sistema bancario, necesita una cuenta emisora y una cuenta receptora. Normalmente el establecimiento bancario debe haber identificado los datos del dueño de la cuenta emisora. El remitente establece un orden de giro, indicando los datos de la cuenta beneficiaria. Un problema aparece cuando el remitente utiliza su cuenta bancaria de manera virtual, realizando él mismo y directamente a partir de cualquier computadora en cualquier región, su operación. Sin embargo, las condiciones de información son idénticas: identificación del banco y número de cuenta,eventualmente sin indicación del beneficiario.

Sin embargo, diferentes posibilidades son ofrecidas a los miembros de la organización terrorista para evitar una posible detección:

¤ Utilizar cuentas bancarias en “refugios financieros extraterritoriales” con obligaciones antilavado o condiciones de cooperación internacional judicial aún débiles. Estas cuentas pueden ser con seudónimos, a nombre de prestanombres, o de empresas pantalla que dificultan la identificación de los operadores de la transacción.

¤ Utilizar cuentas bancarias abiertas bajo falsos nombres (con documentación falsa de identidad).

¤ Utilizar diferentes instituciones financieras en la transacción para dificultar el rastreo de los fondos y aparentar una procedencia de fuentes múltiples sin relación entre ellas.

¤ Utilizar cuentas de remitentes o de beneficiarios neutrales, es decir, utilizando cuentas a nombre de terceras personas sin sospecha, como por ejemplo, las cuentas bancarias de estudiantes en el extranjero. Como las cantidades son pequeñas, y estos intermediarios sin sospecha, es difícil a priori, poder detectar su utilización para una operación financiera ligada con el terrorismo.

¤ Utilizar montajes más o menos complejos de transferencias cortadas o utilizando sucesivamente varias técnicas de transferencias.

¤ Intercalar en los montajes a sociedades pantalla, prestanombres, sociedades remisoras de fondos, formales e informales.

¤ “Jugar” entre las jurisdicciones que ofrecen controles más débiles en materia de identidad o aplicación de las normas antilavado.

 

Caso de ilustración: Caso de transferencia cortada

Una organización terrorista quiere enviar una cantidad de fondos, por ejemplo: 4.000 USD, del país A hacia una célula en el país C. El remitente en el país A deposita fondos en una casa de cambio, incluso puede utilizar una cuenta bancaria abierta a su nombre o una cuenta de un amigo que deposita los 4.000 USD para acreditar su cuenta. La institución financiera transfiere electrónicamente los fondos a un beneficiario del país B, conocido por tener una reglamentación menos rígida en materia de prevención del lavado de activos y de financiamiento del terrorismo. El beneficiario de este país B es parte o es simpatizante de la organización. Retira los fondos en efectivo. Utiliza la cuenta bancaria que tiene en otro establecimiento financiero, para depositar y transferir al beneficiario final del país C. La institución financiera del País A no ve más que una parte de la operación, y en el país B, la institución financiera emisora también tiene una visión parcial de la operación. Se puede dificultar la operación, intercalando por ejemplo una empresa remisora o la utilización de una casa de cambio, alternando con un envió interbancario, en el esquema, o haciendo más de dos cortes. Para evidenciar la relación entre el remitente del país A y el beneficiario final del país C, se necesita una investigación de amplitud, con cooperación internacional. Es decir que la operación tiene todas las suertes de pasar desaparecida a los ojos de las instituciones financieras que son usadas en el esquema

 

 

 

Caso de ilustración: Flujo concentrado de transferencias

Una organización terrorista controla dos entidades jurídicas ubicadas en dos países diferentes. Las cuales emiten transferencias a partir de sus cuentas bancarias, hacia una cuenta corresponsal de su banco inicial, en otros países. De estas cuentas corresponsales, se pide transferir de nuevo las cantidades hacia una cuenta bancaria receptora única, en otro país. Paralelamente, un simpatizante de la organización procedió de la misma manera, a partir de otro país. Los fondos circularon a través del sistema financiero y de cinco países, para concentrarse en el país deseado de destino.

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2.6.1.2. Los Indicadores de Alerta para las Instituciones Financieras

Como lo menciona el informe de tipologías 2003/2004 del GAFI, en realidad los indicadores de alerta de posibles operaciones de transferencias ligadas con el terrorismo son bastante limitados. Hemos visto que los indicadores de alerta no se relacionan a la cantidad de fondos transferidos, generalmente de volumen pequeño y debajo de cualquier criterio objetivo para su identificación, en comparación con los movimientos de fondos utilizados por el crimen organizado.

 

Zona informativa

Los expertos acordaron sobre el hecho que a parte del volumen relativamente modesto de estas transacciones, el valor de las transferencias individuales generalmente no constituya un criterio permitiendo establecer un objetivo de financiamiento del terrorismo. De hecho, el bajo valor de las transferencias en relación con el gran volumen global de tales transacciones, es otro factor que complica aún más la detección de la utilización del sistema financiero para fines terroristas. Incluso fue imposible definir un monto promedio para las transferencias electrónicas relacionadas con el terrorismo, aunque una delegación de expertos informo haber observado transferencias con montos entre 25 y 500 dólares americanos. Algunos expertos advirtieron, sin embargo, que las transferencias electrónicas parecían a menudo estructuradas en montos inferiores a la cantidad obligando a una declaración.

GAFI – Informe de tipologías 2003/2004.

 

Las únicas referencias posibles actuales como indicadores, parecen referirse en lo siguiente:

¤ Las zonas geográficas de envió y recepción, en relación con regiones sensibles al terrorismo. Pero antes hemos visto la técnica de la transferencia cortada, haciendo intervenir receptores en regiones sin sospechas.

¤ La identidad de las personas que intervienen en las operaciones de envió/recepción de los fondos. Pero a condición que estas personas ya sean señaladas oficialmente como terroristas o en relación con organizaciones terroristas. Como lo hemos visto, una medida de los grupos terroristas para evitar esta posibilidad de detección, reside en la utilización de personas sin ninguna sospecha con cuenta bancaria, o el uso de falsas identidades.

 

En sus directivas para la detección de las actividades financieras del terrorismo por medio de las instituciones financieras, en abril de 2002, el GAFI presentaba cuatro indicadores de alerta específicos a las transferencias electrónicas:

¤ Los ordenes de giros de pequeñas cantidades, en un esfuerzo aparente de evitar la aplicación de las prescripciones en materia de identificación o declaración.

¤ Los giros realizados por o para una persona cuando las informaciones sobre el iniciador o sobre la persona a nombre de la cual la transacción se hace, no son transmitidos con la transferencia, cuando normalmente se debería.

¤ La utilización de cuentas múltiples de particulares y de empresas o de organismos con objetivo no lucrativo y de organismos caritativos para recolectar fondos antes de girarlos, de manera simultanea o dentro de un corto plazo, a un pequeño número de beneficiarios extranjeros

¤ Las operaciones de cambio manual realizadas para la cuenta de un cliente por un tercero, seguidas por transferencias de fondos hacia lugares que no tienen nexo comercial aparente con el cliente, o hacia países particularmente sensibles.

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Zona informativa

…los elementos más importantes para detectar las transferencias electrónicas relacionadas con actividades terroristas, por el momento, corresponden a los nombres de las partes que intervienen, y el origen o el destino geográfico de la transacción. Es necesario abocarse a la tarea de desarrollar indicadores más claros respecto del uso de las transacciones financieras para fines terroristas

GAFI – Informe de tipologías 2003/2004.

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2.6.1.3. Las Mejores Prácticas de Prevención y Detección

 

Las mejores prácticas para prevenir el uso abusivo de las transferencias electrónicas por parte de los terroristas, exigen en primer lugar, medidas relativamente sencillas por parte de las instituciones financieras. Estas prácticas son incluidas en la Recomendación Especial correspondiente a esta tipología de movimiento de fondos:

¤ Aplicación de medidas sistemáticas de identificación de los remitentes (nombre, domicilio, número de cuenta).

¤ Documentación suficiente en este sentido de la documentación de órdenes de transferencias. Estas informaciones deben ser completas y útiles para el caso de explotación posterior por un servicio de investigación.

¤ Conservación de la documentación correspondiente por la institución.

¤ Vigilar las transacciones que no cuentan con la información debida sobre el remitente u ordenante del giro.

 

En materia de transferencias electrónicas realizadas por instituciones no bancarias, conviene, conviene obligar las mismas, que practican tales servicios (casas de cambio en particular) a identificar el ordenante del giro con medidas suficientes convincentes, y guardar copia de la documentación probatoria proporcionada, además de los documentos de transferencias con la información debida para poder identificar el beneficiario.

La problemática reside en el establecer sobre qué cantidad de fondos se deben realizar la información sistemática a la Unidad de Inteligencia Financiera. Un consenso se hizo por el momento, sobre una cantidad de 3 000 USD. Cabe considerar también que bajar este mínimo de declaración sistemática podría tener como efecto, sobrecargar la unidad de análisis en material informativo que le resultaría quizás materialmente imposible de investigar.

Es importante entonces, buscar otros medios de detección para suplantar las herramientas clásicas actuales de reacción aplicadas en materia de lavado de dinero. Se podría por ejemplo, pensar en la realización de un sistema informático que podría buscar otros indicadores más específicos y objetivos en las transferencias electrónicas, como por ejemplo, a partir de palabras “claves” en los mensajes que acompañan el orden de giro, que permitieran seleccionar las operaciones sobre las cuales se realizarían análisis más profundos. 

 

Caso de ilustración: Uso de las empresas de transferencias de fondos para el financiamiento de grupos terrorista

Esta tipología se refiere al uso de transferencias de fondos fraccionadas para evitar su detección y su posterior uso para la compra de armas en beneficio de grupos terroristas. Esta es la típica tipología de envío de fondos, bajo la excusa de que son “familiares” de los emigrantes.

A través de los servicios ofrecidos por una Empresa de Transferencias de Fondos (ETF) en el país A, un sinnúmero de personas, diariamente, entregan fondos en efectivo y por debajo del mínimo de registro para que éstos sean remitidos a familiares en el país B. El registro de la operación se lleva a cabo de acuerdo a la normativa del país A; sin embargo en el país B no se encuentran supervisadas ni registradas las empresas ETF, por lo que el seguimiento e identificación del beneficiario final son casi nulos. La empresa ETF en el país A registra adecuadamente a sus clientes y remite como destinatario final a la empresa ETF en el país B; la comunicación del beneficiario final, en el país B, es realizada vía fax. La empresa ETF en el país B, una vez recibida la transferencia y conocida la lista de los beneficiarios finales procede a entregar los fondos enviados, en la mayoría de los casos, a una sola persona.

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2.6.2. Las Tarjetas Bancarias

 

 

2.6.2.1. La Problemática

 

Las tarjetas bancarias representan uno de los medios más usados de transferencias en materia de lavado de dinero, y ciertamente también para las organizaciones terroristas.

A partir de una cuenta bancaria abierta en un país A, sin sospechas a priori, se obtiene una tarjeta de crédito o de débito, que permite retirar después, sin otra formalidad, la cantidad deseada ―si está autorizada por la institución financiera, o si el saldo lo permite en caso de una tarjeta de débito―, en cualquier lugar de la planeta, desde la mayoría de los distribuidores automáticos de billetes.

 

 

 

Muchos casos en materia de lavado de dinero muestran la utilización de la técnica de fraccionamiento, no solamente en materia de aperturas de cuentas al abrir un gran cantidad de cuentas a nombre de individuos cómplices ―por una pequeña remuneración financiera―, generalmente desempleados, campesinos, amas de casa, estudiantes; sino también de depósitos ―en cada una de las cuentas se depositan cantidades en efectivo inferiores al mínimo obligando a una declaración sistemática por parte de la institución bancaria―.

Otra tipología ligada con el uso abusivo de tarjeta bancaria, reside en la posibilidad ofrecida por ciertas instituciones financieras no bancarias, en particular casas de cambio, de comprar por una cierta cantidad, una tarjeta de débito (por ejemplo de tipo TravelMoney). Tienen el mismo uso que las tarjetas de débito sobre una cuenta bancaria normal, pero en este caso, no está conectada con una cuenta bancaria. Son tarjetas precargadas. Se compran en efectivo (algunas pueden tener una cantidad importante, del orden de 5 000 USD), y se pueden retirar después en cualquier divisa y en cualquier país, a partir de Distribuidores Automáticos de Billetes (DAB), de cualquier institución bancaria. El mismo principio se realiza con las Gifts cards, tarjetas precargadas con ciertas cantidades que se ofrecen para familiares como regalos, y que pueden comprarse en grandes tiendas de distribución.

La utilización de cuentas en bancos offshore virtuales, en la mayoría de los refugios financieros extraterritoriales, representa una ventaja apreciada en término de discreción de los operadores. Generalmente la técnica reside en la compra de una sociedad offshore anónima, con acciones al portador, que puede costar menos de 1 000 USD, incluyendo todos los gastos de creación y registro en la jurisdicción correspondiente, con dos prestanombres ciudadanos residentes presentados como administradores, y la apertura de una cuenta bancaria en un banco residente, a nombre de la misma sociedad. La tarjeta bancaria obtenida después de los depósitos de fondos iniciales (realizados en efectivo o por transferencia de otra cuenta bancaria), están a nombre de la sociedad offshore. Cualquier persona puede utilizarla en cualquier parte del mundo para retirar divisas, en toda seguridad. Los retiros efectuados desde cualquier aparato DAB o los gastos pagados con la tarjeta, pueden ser cubiertos por el débito de la cuenta offshore, o por transferencias de una cuenta bancaria hacia esta cuenta.

 

Zona informativa

Un estudio sobre los paraísos fiscales realizado por las Naciones Unidas (1998), mencionaba otra tipología interesante en materia de lavado de dinero y de financiamiento del terrorismo: De hecho, las personas que traten de utilizar en su país dinero ilegal depositado en el extranjero ni siquiera han de operar a través de sus cuentas y empresas ficticias extraterritoriales. Hay empresas que anuncian sus servicios de pago para sus clientes: pagos de hipotecas, alquileres, servicios públicos, etc. El cliente sólo tiene que efectuar un giro desde su propia cuenta extraterritorial a la de la sociedad gestora de pagos y remitirle sus facturas con sus instrucciones de pago

ONU - 1998

 

La tarjeta bancaria o la tarjeta de crédito internacional cuyos débitos se imputan sobre una cuenta bancaria ubicada en un país o territorio refugio fiscal, constituye el complemento indisociable de la utilización de los refugios fiscales, ya que permite una amplia utilización en cualquier parte del mundo, y en particular, en el país del dinero ocultado, y financiar una parte importante de los gastos de vida de un grupo terrorista en su lugar de acción.

Las empresas que se dedican, en INTERNET a vender servicios relacionados con sociedades y cuentas offshore, ofrecen la posibilidad de adquirir tarjetas de crédito de instituciones financieras conocidas mundialmente. La publicidad que acompaña estas ofertas apunta siempre sobre las ventajas de discreción y de disponibilidad de sus fondos colocados sobre tales cuentas en las jurisdicciones-refugios más exóticas.

 

Caso de ilustración: Utilización por una organización terrorista de tarjetas de crédito adosadas sobre cuentas bancarias offshore

Una organización terrorista ubicada en el país A, recibe el pago de una extorsión a una compañía extranjera ―que dispone de instalaciones en su región de actividades―, en un refugio financiero extraterritorial A. Estos fondos son depositados después de varias transferencias sucesivas sobre cuentas bancarias de diferentes entidades jurídicas anónimas offshore y de diferentes RFE, para enredar las pistas, en esta cuenta bancaria en el país A, abierta a nombre de una entidad jurídica anónima de tipo Internacional Business Company, sobre la cual se adosa una tarjeta internacional de crédito que se utiliza de manera ocasional por los miembros de la organización terrorista en distribuidores automáticos de billetes en su país de residencia, o también en retiros por los mismos medios, en países vecinos, y reintegración del efectivo por contrabando en el país A.

 

Conviene también mencionar la facilidad de obtención de tarjetas de crédito de parte de instituciones financieras, en particular, obtenidas a menudo con falsos documentos de identidad en la apertura de la cuenta, falsos comprobantes de empleo, domicilio etc. (Se puede incluso comprar a los falsificadores de documentos un “kit” completo para una nueva personalidad, que incluye toda la papelería oficial necesaria al mismo nombre). Si bien, estas tarjetas son reales, el fraude se comete después con la compra de bienes de consumo con la misma, que se revenden después rápidamente a bajo precio. La institución financiera queda como víctima. Este tipo de fraude con verdaderas tarjetas pero falsas informaciones del utilizador, representa para algunos grupos locales terroristas una fuente de dinero apreciable y fácil.

Así, por ejemplo, un solo individuo había obtenido de manera fraudulenta por lo menos 21 tarjetas Visa y Master Cards, bajo dos nombres diferentes. Siete de estas tarjetas de crédito provenían del mismo grupo bancario. Los retiros realizados con la utilización de estas tarjetas alcanzaron más de 85000 USD.

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2.6.2.2. Indicadores de Alerta

 

La utilización de la tarjeta bancaria en el proceso de lavado de dinero, hace difícil para una institución financiera la identificación a priori, de la conexión con actividades financieras de organizaciones terroristas.

Al igual que para las transferencias electrónicas, los indicadores más relacionados con esta actividad terrorista parecen ubicarse en la identidad de los titulares de las cuentas bancarias (se pueden utilizar prestanombres, sociedades pantalla nacionales u offshore para ocultar el verdadero operador), y en la región geográfica de utilización de las tarjetas (en países diferentes de la cuenta bancaria que respalda la tarjeta), y regiones sensibles al terrorismo. Los principales indicadores de alerta que pueden ser útiles para sospechar una posible utilización para fines terroristas, son las siguientes:
 

¤ Utilización en regiones sensibles al terrorismo o fronteras de esas zonas, de tarjetas bancarias asociadas a cuentas extranjeras

¤ Apertura de varias cuentas en un periodo reducido con mismo perfil: gente desempleada, depósito de efectivo en cantidad inferior al mínimo de la declaración sistemática, solicitud de una tarjeta de débito, utilización de la tarjeta en el extranjero.

¤ Tarjetas bancarias ligadas con una cuenta bancaria de una asociación sin fines de lucro u ONG, que son usadas para retirar divisas o pagar gastos en regiones sensibles al terrorismo, sin razón operativa.

¤ Cuenta bancaria relacionada a tarjetas de crédito o débito, recibiendo transferencias electrónicas de bancos ubicados en regiones sensibles al terrorismo.

¤ Tarjetas bancarias asociadas a cuentas offshore de jurisdicciones conocidas como refugios financieros o países no cooperativos en materia de combate al lavado de dinero, que se utilizan en regiones sensibles a las actividades terroristas.

¤ Tarjetas bancarias a nombre de individuos declarados o relacionados con terroristas; o entidades jurídicas ligadas con el terrorismo

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2.6.2.3. Mejores Prácticas de Prevención del Uso de Tarjetas Bancarias para el Financiamiento del Terrorismo 

 

La gestión del uso de las tarjetas bancarias asociadas a cuentas bancarias extranjeras, escapa a la vigilancia normal de las instituciones bancarias del país de su utilización.

Una de las mejores prácticas, sería que la jurisdicción en donde la tarjeta bancaria se utiliza tenga los mismos derechos y prerrogativas de control en relación con los datos relativos a la cuenta bancaria abierta en el extranjero.

Sin embargo, las instituciones financiera de crédito que ofrecen tarjetas bancarias de crédito (Visa International, MasterCard, American Express, entre otras) están sometidas a las obligaciones de Due Diligence, en relación con sus beneficiarios, es decir, identificar de manera convincente a aquellos beneficiarios, y guardar las documentación de las operaciones realizadas el tiempo legal impuesto por las obligaciones antilavado del lugar de la institución financiera. También están sometidas a la declaración de operaciones sospechosas de lavado de dinero o de financiamiento del terrorismo. El problema es saber en dónde debe hacerse está declaración ya que pueden suceder varias posibilidades:

 

¤ En el país lugar de utilización de la tarjeta.

¤ En el país residente de la cuenta bancaria sobre la cual se asocia la tarjeta.

¤ Si se trata de una sucursal de un banco de otro país en este refugio fiscal: ¿En la sede de la filial en el refugio fiscal, o en la sede del banco matriz en su país de domiciliación?

¤ En el país de domicilio del beneficiario económico de la cuenta bancaria offshore y de la sociedad offshore correspondiente

¤ En el país sede de la institución financiera de la cual depende la tarjeta (Visa, MasterCard, etc.).

 

El sistema de seguridad de la institución financiera emisora de la tarjeta, en relación con los pagos por tarjetas de crédito, verifica la estructura de los gastos de los dueños de tarjetas a fin de prevenir los fraudes. Convendría utilizar este control también para fines de utilización susceptibles de lavado de dinero o de financiamiento del terrorismo, como información de las autoridades de investigación financiera o de inteligencia.

En cada país de utilización, normalmente estas instituciones financieras tienen una representación local que permite recibir los pagos realizados por tarjetas bancarias de su red, para después debitar las cuentas correspondientes al cliente. Se deberían establecer pautas para permitir identificar los comportamientos susceptibles de corresponder a acciones financieras ligadas con el terrorismo. Estas pautas podrían ser por ejemplo:

 

¤ Declaración de sospecha cuando una tarjeta de crédito adosada sobre una cuenta bancaria extranjera, se utiliza únicamente, o con frecuencia inusual, en una región sensible al terrorismo.

¤ Declaración de sospecha cuando la cuenta bancaria principal se encuentra en una institución financiera ubicada en una región sensible al terrorismo, y el uso de la tarjeta bancaria sistemáticamente realizada en el extranjero.

¤ Facilitar la comunicación internacional de informaciones sobre el posible uso abusivo de tarjetas bancarias en relación con el financiamiento del terrorismo y del lavado de activos.

¤ Difundir a nivel internacional los casos descubiertos en materia de utilización de tarjetas bancarias por parte de organizaciones terroristas.

¤ Aumentar la vigilancia de utilizaciones inusuales por parte de las instituciones financieras internacionales de crédito, como Visa, MasterCard, American Express, etc.

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2.6.3. La Especulación sobre Mercados Financieros

 

 

2.6.3.1. La problemática

 

En los días precedentes a los atentados del 11 de septiembre de 2001, una especulación financiera inusual se habría realizado sobre valores de sociedades o instituciones financieras que serian directa o indirectamente afectadas por las consecuencias de estos actos terroristas. Estos movimientos importantes en volumen e incluyendo especialmente estas firmas, dejaron sospechar que posiblemente ciertos individuos, con conocimientos previos de la realización de los atentados, se hubieran aprovechado para realizar extraordinarias plusvalías bursátiles.

Así, volúmenes muy importantes de opciones negociadas de venta de títulos de American Airlines habrían sido intercambiadas el día anterior, correspondientes a 64 veces más que el promedio diario registrado en las tres semanas anteriores, especulando a la baja de la acción a fin de octubre de 2001; los atentados efectivamente causaron el hundimiento de los valores de la compañía aérea, y permitieron a estos especulatores obtener ganancias importantes. Operaciones idénticas habrían sido realizadas sobre los títulos de United Airlines, otra compañía que vio uno de sus aviones utilizados por los terroristas, así como sobre la firma BOEING, que registró el 10 de septiembre un volumen 9 veces más alto de opciones de ventas, que el promedio de los tres meses que precedieron a los atentados.

Otros sectores de actividades también habrián sido confrontados a este tipo de operación.

El sector financiero habría sido golpeado igualmente, en las instituciones ubicadas en las torres del World Trade Center, o en su proximidad, tales como Morgan Stanley, Citigroup, Marsh & Mclennan que conocieron importantes aumentos de movimientos de contratos negociados de venta durante los días precedentes. Merryl Linch también registró entre el 6 y 10 de septiembre, volúmenes correspondientes a más del doble del más alto registrado durante el año 2001.

Estas anomalías y la importancia de los volúmenes intercambiados que coinciden con los atentados, parecieron muy sospechosos. Sin embargo, las investigaciones realizadas por las autoridades bursátiles no permitieron demostrar una relación de causa, y no revelaron finalmente una correspondencia con los terroristas.

Zona informativa

Ninguna información recogida puede indicar que Al Qaeda se hubiera aprovechado con los valores antes del 11 de septiembre. Al contrario, todas las evidencias ―incluyendo un material extenso examinado por la dirección de la Comisión―, han llevado a la conclusión que el conocimiento de la conspiración estaba exclusivamente en la cabeza de la red. Es difícil creer que Al Qaeda hubiera comprometido su más importante y secreta operación o a cualquiera de su personal clave, al intentar obtener ganancias especulando sobre los valores inmobiliarios.

National Commission on Terrorist Attacks Upon the United States – Monograh on Terrorist Financing (pagina 152)

 

Estos datos se deben analizar efectivamente con cierta prudencia, y no constituyen a priori una prueba formal que hubieran sido el resultado de una acción especulativa de individuos informados de la realización de los atentados, esta falta de pruebas resulta sin embargo, inquietante y puede interpretarse como un indicio convincente del posible atractivo de los mercados financieros para los grupos terroristas. Es legítimo entonces, interrogarse sobre dos aspectos:

 

¤ ¿Representaría la especulación sobre el mercado bursátil y sus productos financieros una fuente de financiación para las organizaciones terroristas?

¤ ¿Puede el mercado financiero prevenir y detectar esta utilización por parte del terrorismo?

 

Las ganancias de capital en el mercado bursátil son preferibles a las obtenidas en el mercado inmobiliario, ya que es perfectamente normal efectuar operaciones bursátiles con regularidad. De hecho, una cierta frecuencia de operaciones bursátiles con ganancias de capital relativamente módicas atraerá menos la atención que una ganancia ocasional importante sobre una operación inmobiliaria. El secreto consiste en “comprar” y “vender” alguna moneda, producto básico o valor bursátil entre sociedades extranjeras y nacionales. La sociedad nacional registra una ganancia de capital y la extranjera una pérdida de capital. Este truco funciona aún mejor si una sociedad extranjera está al amparo de un régimen legal estricto de confidencialidad. Ese comercio de blanqueo es perfectamente seguro, al no ser posible para las autoridades nacionales examinar los libros de la entidad exterior.

 

Ilustración de utilización del mercado internacional de divisas en materia de lavado de dinero. Comprador (cliente en azul) y vendedor (offshore company) son en realidad cómplices y este método sirve a mover fondos internacionalmente bajo una especulación disfrazada de divisas

 

Cabe recordar que Bin Laden era ante todo, un hombre de negocios, procedente de una familia adinerada que controlaba una gran cantidad de empresas legales en diferentes sectores económicos y, de hecho, estaba familiarizado con las técnicas bursátiles. ¿Habría aprovechado sus contactos y habilidades financieras para realizar acciones especulativas para financiar a la red Al Qaeda? Por el momento no hay respuesta a esta pregunta.

Algunas informaciones muestran sin embargo, que Bin Laden tomaba la precaución de repartir sus recursos y haberes en diferentes países, con una cartera de activos más o menos arriesgados y diversamente rentables.

La especulación sobre los mercados occidentales estaría incluso considerada como un medio eficaz y ventajoso para acumular reservas sin estar obligado a utilizar las transferencias bancarias más fácilmente detectables. Estos fondos pueden ser usados después para células dormidas infiltradas en los países occidentales. El enorme volumen manipulado por el sector bursátil, la posibilidad de pasar ordenes a través de corredores ubicados en plazas financieras exóticas y sin muchos controles, incluso a partir de Internet, hace muy difícil la posibilidad de detectar cantidades poco importantes de fondos especulativos procedentes de estas fuentes terroristas.

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2.6.3.2. Metodologías

  

En realidad la utilización del sector bursátil para fines de financiamiento del terrorismo no difiere de las prácticas de especulación normal, de las metodologías utilizadas para lavar (o mover) dinero, o de las prácticas de fraudes comunes (actuar sobre valores de acción) o sofisticados (mercados sobre commodities, a futuro y materias primas).

 

¤ El mercado puede ser utilizado para colocar fondos disponibles de la organización terrorista

En este caso se trata de utilizar los productos financieros ofrecidos por las bolsas de valores, como inversiones. Estos fondos están disponibles en el momento deseado. Se utilizan pantallas para evitar la detección, tales como sociedades mutuales de inversiones, prestanombres.

Ejemplo: invertir en acciones, opciones de sociedades cotizadas, especular sobre mercados de opciones a futuro.

 

¤ El mercado puede ser utilizado para mover fondos internacionalmente

En este caso se puede proceder principalmente de dos formas:

 

• Realizar operación de compra/venta de acciones, solicitando el cobro de la venta en otro país. Se puede realizar gracias a la complicidad de un corredor o empleado de una institución de intermediación bursátil

• Se realiza una acción de venta o compra de acciones o contratos negociados con una contraparte cómplice ubicada en otro país. Lo que pierde uno, lo gana el otro, pero como ambos operadores son en realidad la misma persona, eso permite transferir los fondos correspondientes a través del sistema bursátil.

 

¤ El mercado bursátil puede ser utilizado como fuente de financiamiento 

El caso de utilizar el mercado bursátil para financiarse, resulta por supuesto con la seguridad de obtener fondos rápidos y con un margen de ganancias relacionadas con la inversión. Por eso, actuar de manera fraudulenta es la mejor manera de responder a esta preocupación. Dos casos en esta figura permiten ganar de manera segura y rápida, montos significativos:

 

• Conocer de antelación un evento que va a tener una influencia importante ―en alza o baja―, sobre el valor del titulo bursátil. Se trata de lo que se llama y castiga generalmente como “delito de información privilegiada”. Es decir que obtuvimos de manera privilegiada una información importante, por ejemplo, sobre el descubrimiento de un nuevo sitio petrolero por una empresa, o de resultados muy positivos, lo que va a hacer subir inmediatamente el valor de las acciones de esta empresa cuando se conozca el acontecimiento de manera oficial y pública. Basta con comprar ahora estos títulos y revenderlos después del anuncio oficial ―o evento―, y se gana la plusvalía. En el caso de las anomalías bursátiles registradas los días anteriores a los atentados del 11 de septiembre, si se comprobara que fueron fraudes, entrarían en este esquema.

• Influir de manera externa sobre el valor del titulo. Es una técnica clásica en materia de fraudes sobre los mercados bursátiles conocida también como “sistema del hervidor” (boiler room) que consiste en hacer subir artificialmente el valor de acciones no conocidas del público y generalmente cotizadas sobre mercados bursátiles secundarios (penny stock market), o como por ejemplo, anunciar falsamente el descubrimiento de oro por una sociedad cotizada en el segundo mercado bursátil (start up). El secreto reside en la realización del beneficio antes que el fraude se conozca y en una protección a través de sociedades pantalla y paraísos fiscales para evitar la detección e identificación del responsable del fraude. Se desarrolla esencialmente en tres tiempos (el cuarto tiempo es la caída del valor del titulo después del descubrimiento del fraude)

 

     

    Explicación

    1. En el primer tiempo, se compra una cantidad importante de acciones de una sociedad cotizada, pero que tienen un bajo valor.
    2. En un segundo tiempo se hace correr este rumor, generalmente por medio de la prensa especializada en materia bursátil

    3. En un tercero, se espera que el efecto atractivo se realice, haciendo subir el valor del titulo, hacia un punto en donde se decide vender, obteniendo de esta manera, una ganancia rápida y significativa.

Por supuesto, este tipo de acción se reserva a grupos criminales o terroristas muy estructurados, con suficientes pantallas para evitar una posible detección por los servicios de control bursátil. Pero utilizando juiciosamente las herramientas jurídicas de ciertos refugios financieros, y ciertas fallas del mismo sistema bursátil, se puede esperar obtener una buena cantidad de ganancias rápidas con esta estafa.

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2.6.3.3. Mejores Prácticas de Prevención

  

En el inciso 3.2.1. correspondiente a la Guía Práctica para el sistema financiero y no financiero, son presentados indicadores de alerta en relación con Entidades de Intermediación de Valores.

Las bolsas de valores están sometidas a las obligaciones legales relacionadas con la prevención, detección e información a las autoridades de las operaciones financieras ligadas con el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo.

Bolsas y corredores están obligados también a las disposiciones relativas a la identificación de los clientes, al registro de la documentación de identidad y de sus operaciones.

 

¤ Coherencia económica y detección de operaciones sospechosas 

Los criminales o terroristas utilizan frecuentemente los servicios de sociedades fiables para sus operaciones financieras en materia bursátil. La colaboración puede resultar al más alto nivel de la sociedad bursátil, o a sus espaldas, cuando la complicidad de empleados estratégicos fuese comprada. Puede resultar que la bolsa de valores esté en la zona de influencia de una organización terrorista, y que de una manera u otra, empleados, incluso ejecutivos de la bolsa sean obligados a realizar las operaciones deseadas por la organización.

Pero en situación normal, el banquero tiene la obligación legal de ser sensible a las variaciones importantes e inexplicables del cliente en relación con sus pedidos de contratos inusuales. Debe explicarse los motivos de este crecimiento. Puede también verificar con otros departamentos que administran al cliente, en particular los créditos, que el conjunto de los flujos reales susceptibles de explicar estas variaciones en materia de cobertura financiera de las operaciones (en particular sobre los mercados de opciones negociables) sean correspondientes.

 

¤ Establecimiento de procedimientos de control y análisis para las bolsas de valores y sus corredores

Los procedimientos de control y análisis de los riesgos de lavado de dinero y de financiamiento del terrorismo corresponden a las buenas prácticas ya sugeridas a este sector. Hacer conocer las exigencias de la reglamentación es el primer punto. Se presenta de la manera siguiente:

El conocimiento de las reglas relativas a las operaciones de mercado debe asegurarse por una amplia difusión de los manuales y directivas; y por la capacitación de la jerarquía y del personal en contacto con los clientes:

 

  • La verificación del conocimiento de estas reglas al momento de la atribución de las autorizaciones y acreditaciones profesionales.

  • La exigencia del respeto de las reglas por los vendedores de productos financieros.

  • La exigencia de la aplicación de las normas de identificación y conocimiento del cliente al momento de su aceptación por la entidad financiera.

  • La apertura de nuevos productos debe integrar un análisis de sus riesgos relacionados con el lavado de dinero y financiamiento del terrorismo. El objetivo es la integración de una política interna de información y la colocación sistemática de controles preventivos.

  • El conocimiento por parte de todos los empleados y corredores de la institución financiera, de la tipología de los riesgos de lavado y de financiamiento del terrorismo debe conocerse y ser actualizada.

Esta información se puede realizar a partir de programas continuos de capacitación, de un circuito interno de información, y de la realización de un manual de procedimientos que sea llevado al conocimiento de todo el personal y de los corredores. Es importante que sean definidos los sectores de riesgo e identificar lo que puede causar problemas en la institución financieras y que se enfoquen sobre tres puntos:

 

  • Las personas con riesgos como:
    • Saber identificar al cliente deshonesto o a las entidades jurídicas naturalmente expuestas, al intermediario financiero poco vigilante y manipulador.
    • Saber identificar al personal poco escrupuloso o no suficientemente activo en materia de prevención del riesgo de lavado de dinero y de financiamiento del terrorismo.
    • Saber identificar la contraparte real, cualquier montaje opaco es una señal de riego.
    • Saber identificar al hombre de negocios dudoso.

     

  • Las cuentas con riesgos como:
    • Las cuentas de personas físicas que funcionan con autorizaciones a nombre de terceros, y en particular las que son administradas por consejeros en gestión de patrimonios. El riesgo de estas autorizaciones reside en el hecho que constituyen una posibilidad de que intervengan criminales sin que aparezcan legalmente.
    • Las cuentas abiertas a nombre de estructuras pantalla (tales como trusts, sociedades offshore, entidades benéficas, fundaciones etc.).
    • Las cuentas en donde intervienen corredores. En principio la intervención de un corredor debe ser justificada.
    • Las sociedades de gestión de carteras, que siendo pequeñas, pueden no respetar las obligaciones impuestas de conocer a sus propios clientes que entran en carteras comunes de valores.
    • Las cuentas de mandatarios sociales y dirigentes de empresas cotizadas en la Bolsa, o que trabajan en el sector financiero.
    • Las cuentas recién abiertas, que presentan una tipología de riesgos (clientes originarios de regiones sensibles a las actividades de organizaciones terroristas, que tiene movimientos financieros con las mismas regiones, o que piden el envió sistemático de las ganancias de las operaciones financieras bursátiles a estas regiones).
    • Las cuentes abiertas y cerradas rápidamente. Este tipo de cuenta puede significar una tentativa de manipulación de valores o de un fraude con conocimiento privilegiado de ciertas informaciones que tuvieron un efecto sobre la variación de los valores. Cuando se liga con el punto precedente, los riesgos de una operación ligada con el financiamiento del terrorismo son importantes.
    • Las cuentas que tienen una cantidad o saldo residual inusual.
    • Las cuentas que registran operaciones en sentidos de “ida y vuelta” en un corto plazo, sobre todo si el mercado está limitado.
    • Las cuentas que registran sistemáticamente perdidas. Se deben analizar estas perdidas crónicas, el carácter irracional de la operación y la manera cómo se cubren las perdidas financieras. Si se realizan por transferencias de otras cuentas de la misma institución intermediaria de valores, o de otras, puede revelar una operación de montaje sospechoso, sobre todo cuando las operaciones son idénticas para varias cuentas, pero sin nexos aparentes entre ellas.

 

  • Las operaciones con riesgos como:
    • Las ordenes o ciertas operaciones que son anuladas: anulación de suscripción de productos de seguros, o de ordenes de operaciones bursátiles.
    • Las operaciones modificadas en relación con las cantidades, los medios de pagos, los beneficiarios.
    • Las operaciones para una misma cuenta son muy numerosas y las razones que podrían justificar el flujo financiero son oscuras.
    • Las operaciones sobre un titulo para la cuenta de su emisor o una persona jurídica o física ligada (posibilidad de información privilegiada).
    • Las operaciones importantes que afectan títulos, contratos, acciones cuyo valor es muy pequeño.

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2.6.4. Productos de Seguros

 

En materia de productos de seguros, de la misma manera que para los productos de especulación bursátil, este sector puede ser utilizado para la primera etapa (Recaudación) del financiamiento del terrorismo, es decir, como fuente de financiación, o también en la segunda etapa de la Disposición, para mover fondos a nivel internacional o para guardarlos hasta el momento de su utilización para la tercera etapa (la financiación de actividades logísticas u operativas de la organización terrorista).

Los riegos de utilización para fines criminales de tales productos financieros dependen de su vulnerabilidad y de factores como la complejidad y las condiciones del contrato, la distribución, el método de pago (en efectivo o mediante transferencia bancaria) y el derecho contractual, entre otros.

 

2.6.4.1. Utilización para Recaudar Fondos

 

Se trata en realidad de un método de fraude en perjuicio de las compañías aseguradoras. La técnica más clásica, es asegurar un vehiculo, declararlo robado, y cobrar la indemnización. En realidad se trata de un falso robo, y el vehículo toma el destino de un circuito internacional de tráfico ilícito, por lo cual se cobra una primera vez, y una segunda vez con la indemnización de la compañía de seguros. Incluso el vehículo puede no existir en ciertos casos, el seguro se toma a partir de falsa documentación correspondiente.

Repitiendo la operación con varios miembros de la organización, se puede rápidamente crear un gran capital.

Otro método consiste en realizar falsos accidentes de trabajo, cubiertos por un seguro de responsabilidad civil, para recibir las indemnizaciones correspondientes, y permitir convertirse en una fuente de financiación para grupos terroristas. En este caso, se puede emplear también falsa documentación y diversos tipos de fraudes que permiten registrar un asegurado bajo una falsa identidad completa, un fraude a la declaración de accidente, y estafar a la compañía de seguros.

Los fraudes al seguro social suelen ser un problema importante en los países desarrollados, como EE.UU., Gran Bretaña, Canadá, Francia etc., en donde se combinan con el robo de identidades, y la utilización de fraudes con falsas identidades.

Se puede también utilizar otro tipo de fraudes el perjuicio de las compañías de seguros, para procurarse fondos, como la creación de entidades jurídicas fantasmas, aseguradoras o reaseguradotas, que permiten engañar a los asegurados, o a las compañías aseguradoras legítimas. En estos casos la compaña fantasma sirve para bombear cotizaciones o primas de reaseguramiento, que son desviadas a las organizaciones criminales, y luego desaparece.

Si bien estos fraudes son esencialmente del ámbito del crimen organizado, esta fuente financiera delictiva es susceptible de alimentar ciertas organizaciones o celulas terroristas.

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2.6.4.2. Utilización para Proteger Fondos.

 

Se invierten fondos ya obtenidos por otros medios, legales o ilegales, oficialmente en productos de capitalización como seguros de vida o planes de jubilación. Estos fondos se quedan bajo esta forma hasta el momento que lo necesita la organización, y entonces los planes de capitalización se anulan, generalmente con unos gastos de anulación.

Esta técnica es más apropiada al lavado de activos, y en particular las organizaciones narcotraficantes han utilizado esta técnica en todos los países posibles, en donde el derecho a retractación a la apertura de contrato de seguros de vida, les permitía recuperar el pago inicial realizado en efectivo, bajo la forma de un cheque de la compañía de seguros. Sin embargo puede también ser utilizada por ciertas organizaciones armadas al margen de la ley que disponen de ingresos importantes, en particular para proteger su “tesoro de guerra”.

Se ha comprobado que ciertas organizaciones criminales ahora pueden ir hasta el final del plazo del contrato de vida, por ejemplo en Europa, generalmente 8 años. El indicador usual de la retractación antes del vencimiento del contrato, en este caso, ya no sirve.

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2.6.4.3. Utilización para Mover Fondos Internacionalmente

 

De la misma manera que para la utilización para la protección de sus fondos, los productos de capitalización se realizan “al portador”. Un contrato de seguro de vida comprado en el país A, será cobrado en el país B, antes del vencimiento, por un beneficiario “portador”. Así los fondos fueron transferidos a través de A a B, sin pasar por el sistema financiero. En el país B, los fondos recuperados por el cobro anticipado del contrato, permitirán a la organización terrorista tener una tesorería necesaria para sus necesidades operativas planificadas.

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2.6.4.4. Indicadores Específicos al Financiamiento del Terrorismo

 

En el inciso 3.2.1.3. de la presente Guía, figuran los indicadores genéricos de una posible utilización de los productos de seguros para fines criminales. Ahí, el lector podrá tener una visión global de los mismos.

Los responsables del sector Asegurador deberán integrar también la noción de prevención y detección del financiamiento del terrorismo, por parte de organizaciones subversivas históricas, que manejan grandes cantidades de ingresos, ya sea de procedencia criminal o de procedencia legal.

Los indicadores específicos de posible financiamiento del terrorismo también se concentran sobre la identidad del cliente o beneficiario final del contrato, las zonas geográficas de contratación, pagos de indemnizaciones, y rescisión de contratos, además de las referencias a las listas nacionales e internacionales de individuos, organizaciones, y entidades jurídicas señaladas como terroristas. Sin embargo como cualquier otra entidad financiera sujeta a las obligaciones de detección e información a las autoridades, muy a menudo, no será posible hacer a priori el nexo con una operación ligada con el financiamiento del terrorismo, sino poner en relieve una operación inusual o sospecha que incitará una declaración a la UIF, la cual será la más capacitada para poder ligar el carácter sospechoso con el terrorismo.

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2.6.4.5. Mejores Prácticas de Prevención del Uso del Sector Asegurador para fines de Financiamiento del Terrorismo

 

Para prevenir los riesgos de la utilización del sector asegurador para operaciones financieras del terrorismo, los aseguradores deben establecer un perfil de riesgos posibles sobre los diferentes productos ofrecidos, así como sobre los clientes con los cuales están relacionados.

En materia de lavado, el sector asegurador hasta ahora, parece no tomar suficientemente este riesgo, como lo demuestran la aún débil participación en materia de informaciones de operaciones sospechosas. Las aseguradoras deben entender la realidad del riesgo de ser utilizadas para fines de financiamiento del terrorismo y lavado de dinero, para poder adoptar mejores medidas de control y de procedimientos eficaces en materia de prevención y detección.

Las mejores prácticas para este sector, no difieren de las sugeridas en las instituciones bancarias, y se basan sobre una debida diligencia respecto de los clientes (DDC) que sobrepasa la sencilla verificación de identidad y calificación de un cliente de producto asegurador o de capitalización. Debe servir para la definición efectiva de los riesgos potenciales a todas las relaciones de la compañía.

Estas medidas pueden corresponder a las siguientes:

  • Identificar al cliente y verificar su identidad empleando documentos, datos e información de una fuente independiente y fiable.
  • Determinar si el cliente actúa en nombre de otra persona y luego tomar medidas razonables para obtener datos de identificación suficientes con el objeto de verificar la identidad de esa otra persona.
  • Identificar al usufructuario o beneficiario final, y tomar medidas razonables para verificar su identidad hasta que la aseguradora quede convencida de que conoce quién es. En el caso de las personas jurídicas y otras estructuras jurídicas, las aseguradoras deberán, además, tomar medidas razonables para conocer la estructura de propiedad y de control del cliente.
  • Obtener información sobre el propósito y la naturaleza prevista de la relación de negocios y otros factores relevantes.
  • Llevar a cabo un proceso continuo de debida diligencia respecto de la relación de negocios, así como un examen detallado de las operaciones realizadas durante el curso de esa relación, con el fin de asegurar que las operaciones que se están realizando son compatibles con lo que la aseguradora sabe del cliente y/o usufructuario, sus negocios y perfil de riesgos, incluso el origen de los fondos, si fuese necesario.

En relación con la determinación de los perfiles de riesgos, se sugiere la lista de factores a tomar en cuenta, que no son limitativos:

  • Tipo y antecedentes del cliente y/o usufructuario.
  • Base geográfica del cliente y/o usufructuario.
  • Esfera geográfica de las actividades del cliente y/o usufructuario.
  • Índole de las actividades.
  • Medio de pago y tipo de pago (efectivo, transferencia bancaria, otros medios).
  • Origen de los fondos.
  • Origen de la riqueza.
  • Frecuencia y escala de la actividad.
  • Tipo y complejidad de la relación de negocios.
  • Posibles pagos futuros a terceros.
  • Carácter activo o inactivo de la relación de negocios.
  • Pólizas al portador.
  • Sospecha o conocimiento de lavado de dinero, financiamiento del terrorismo u otros delitos.

Se recomienda leer estas mejores prácticas en

http://www.iaisweb.org/050705_IAIS_Guidance_Paper_2004_Espanol.pdf

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2.6.5. Otras Utilizaciones del Sistema Financiero

 

 

La problemática de la utilización del sistema financiero informal y de las instituciones no financieras para transferir fondos, ha sido analizada en el capítulo 7, Uso de los sistemas alternativos de remesas de fondos. Examinaremos a continuación las otras posibilidades del sistema financiero en relación con los riesgos de financiamiento del terrorismo.

 

2.6.5.1. Cuentas Dormidas

 

Las cuentas dormidas son cuentas bancarias ya abiertas en una institución financiera, a nombre de terceros, que no se están utilizando, o que tiene muy pocas operaciones realizadas durante un tiempo suficientemente largo. Estas cuentas pueden ser de agentes o simpatizantes ya introducidos en el país, desde hace algunos años, y sus cuentas bancarias van a servir en un momento dado para recibir una o varias transferencias electrónicas desde el extranjero, cuyos fondos se retiran después en efectivo por el titular de la cuenta, o a través de la utilización de tarjetas de débito que pueden ser utilizadas por otras personas. También pueden ser de personas extranjeras a la organización criminal, pero que aceptan prestar sus cuentas para recibir transferencias generalmente desde el extranjero, y contra comisión. Estas personas que actúan tal como los pitufos en materia de lavado de activos, pueden no tener consciencia del origen o el destino final, de los fondos que transitan por sus cuentas bancarias.

 

¤ El fraccionamiento del cucú. (cuckoo smurfing)

Esta terminología describe una técnica de lavado mencionada por los expertos del GAFI en el informe 2005 sobre tipologías, común pero en desarrollo, sobre todo en Europa, que se refiere a la transferencia de fondos de origen diverso, generalmente criminal, a través de cuentas de personas que no están conscientes del origen y finalidad de los fondos que reciben desde el extranjero. El nombre hace referencia a la práctica del pájaro cucú que deposita sus huevos en los nidos de otras especies a sus espaldas.

En su informe público Tipologías de lavado de activos – Secuestro extorsivo y extorsión de 2005, en su pagina 19, la UIAF de Colombia presenta la definición de esta tipología relativa a la utilización de cuentas prestadas:

"Esta tipología se refiere al préstamo de cuentas corrientes o de ahorros a terceros que ofrecen comisiones por el servicio prestado. Las razones en que el delincuente fundamenta la solicitud son, por ejemplo, evitar los gastos de giros y transferencias y el riesgo de transportar físicamente el dinero, así como encubrir el origen ilícito de los recursos. Generalmente se asalta la buena fe del individuo que es usado como instrumento para realizar la transacción. En algunos casos, como contraprestación, al dueño de la cuenta le ofrecen un porcentaje sobre las transacciones realizadas.
Este comportamiento se ha observado especialmente respecto de estudiantes de universidades tanto publicas como privadas, o de personas que no cuentan con un nivel económico estable y que dado su nivel de gastos, se pueden convertir en blanco de este tipo de bandas delincuenciales, así como a personas desempleadas que frecuentan sitios comunes como bares, tabernas y parques, entre otros. También se utilizan a amigos, compañeros y familiares de los delincuentes….”

 

Las organizaciones terroristas pueden utilizar esta técnica para mover fondos discretamente a nivel regional o internacional. Este método habría sido usado por los terroristas del 11-09.

 


Caso de ilustración de la técnica del cucú (Cuckoo smurfing). Fuente GAFI Tipologías informe 2005

En un país europeo X, fue realizada una investigación sobre las actividades de un individuo B, principal director y accionista de una compañía C, sospechoso de realizar una actividad de lavado de dinero con un país sudamericano Y. Las actividades comerciales en la tienda de B, consistían a vender tarjeta telefónicas prepagadas, productos alimenticios del país sudamericano, boletos de avión, y servicios diversos monetarios para la comunidad inmigrante del país Y en el país europeo X tales como: cobro de cheques, y envíos de fondos del país X al país Y. En realidad la actividad internacional de envíos de fondos representaba su más importante actividad (casi 85 % a nivel de los fondos manejados por la empresa).

B había organizado un sistema que permitía la transferencia de dinero del país europeo al país sudamericano. B tenía cuentas bancarias y dinero disponible en el país sudamericano. Convino con miembros de su familia en el país sudamericano de dar las cantidades en moneda local a los beneficiarios de estas transferencias. Las personas que enviaban los fondos en el país X depositaban en moneda local, o en dólares directamente sobre las cuentas del Sr. B en el país europeo. De esta manera, al principio, se trataba de operaciones de compensación sin transferencia real de dinero entre ambos países. Los servicios ofrecidos tenían dos ventajas: confidencialidad y rapidez. Al ir aumentado la cantidad de transferencias, el Sr. B fue obligado a utilizar personas que aceptaban por amistad, a cambio de boletos de avión, transportar físicamente paquetes de efectivo que alcanzaban hasta 40 Kg. Para controlar la seguridad de las transferencias de efectivo, el Sr. B comenzó a utilizar, a principios de 1999, una empresa especializada en envíos de fondos internacionales, la empresa E, ubicada en otro país Z de Europa. Esta empresa especializada tenia una cuenta bancaria en el país X, y otras empresas similares G, H e I, fueron usadas después.

El Sr. B depositaba los fondos sobre la cuenta de la empresa E en el país X. Exigía a sus clientes realizar depósitos fraccionados, del orden de 3 000 USD en promedio.

El hecho que la empresa C del Sr. B tenia principalmente una actividad de remesa de fondos, fue evidente a través del análisis de las notas de ordenes de envió que el Sr. B enviaba a la empresa E. En un solo mes de 1999, pidió 3 600 ordenes de transferencias a la empresa E, representando más de 2 millones de dólares. Estas operaciones involucraban 1 300 beneficiarios en 78 ciudades del país sudamericano, y 900 cuentas dentro de 40 bancos diferentes.

En marzo de 2000, se notó un importante aumento del número y volumen de las transferencias realizadas por la empresa C, por el hecho que el Sr. B había sido autorizado para depositar cheques de divisas sudamericanas en su cuenta bancaria en el país europeo de su residencia. Si su empresa C realizaba la transferencia sin intermediario, retenía 5 % de la cantidad a enviar. Si se utilizaban las otras empresas intermediarias, la comisión se compartía. La utilización de estas empresas minimizaba el riesgo de perdida o de confiscación. Sr. B fue condenado en el país X a tres años de cárcel (incluyendo dos años de libertad condicional). Otros miembros del sistema recibieron sentencias.

La institución financiera debe tener sistema de alerta que permita detectar variaciones anormales sobre movimientos de una cuenta, que le permita analizar si tiene una relación con el cliente. En este caso, a parte de este comportamiento por “picos”, el indicador más relevante es idéntico a lo de una cuenta común y utilizada de manera normal, es decir un cliente de una comunidad inmigrante procedente de una zona de conflicto armado, que recibe fondos no correspondientes a su perfil declarado a la institución financiera. Sin embargo, parece que se debe también tomar en cuenta la posibilidad de una triangulación para evitar la detección por región conflictiva, tal como apareció para ciertos terroristas del 11 de septiembre, que utilizaron cuentas en Alemania, como repetidor entre los movimientos entre los Emiratos Árabes Unidos y EE.UU.

 

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2.6.5.2. El « Swap » de Fondos entre Cuentas Aliadas.

 

Un swap corresponde a un producto financiero que permite intercambiarlo entre dos personas. Por ejemplo, dos empresas ubicadas en dos países diferentes, que quieren desarrollarse cada una en el otro país, puede acordar que cada una pida un préstamo a su banco, con sus condiciones más favorables y más rápidamente, y se ponen a disposición los fondos correspondiente a la otra empresa inversionista.

Después cada empresa se arregla para pagar a la otra, la diferencia que puede existir en relación con las tasas de intereses. Esta práctica llamada “swap” de préstamo, permite facilitar las operaciones financieras internacionales. Sin embargo como se puede ver, no hay movimiento de fondos de cada empresa para invertir en el otro país. Lo que puede ser muy interesante para el lavado de dinero.

Existe un mercado bursátil de los swaps que pueden intervenir sobre otros productos financieros, y que hacen el objeto de una especulación oficial en las Bolsas de Valores.

En materia de financiamiento del terrorismo este “intercambio” puede realizarse sobre fondos en cuentas bancarias, o en efectivo, de la misma manera. Representa una técnica de transferencia de fondos sin ningún movimiento, e indetectable.

 

Caso de ilustración de un swap de fondos (Ejemplo de aplicación de la tipología)

Una organización subversiva quiere mover fondos de su país A a un país B en donde pretende realizar actos terroristas. En este país B existe una fuerte comunidad inmigrada del país A, con comerciantes que importan productos del país de su origen. Ciertos de estos comerciantes son simpatizantes de la ideología y acción de este grupo subversivo. Un miembro de la organización le ofrece de intercambiar una cantidad de fondo en divisas del país A, y en contraparte el comerciante le pone a disposición la misma cantidad, en el país B, y en la divisa correspondiente. Este swap directo de fondos es una variante de un sistema “Hawala”, sino que en este caso no hay Hawaladares, ni tampoco un sistema de compensación entre operadores del sistema, sino una operación de intercambio de fondos y la operación se realiza directamente por la organización subversiva con un comerciante en el extranjero. La operación se realiza en efectivo, no hay ningún movimiento internacional de fondos, y sobre todo no hay ningún elemento que permita la detección financiera. Ciertamente se trata de una mejor técnica que la utilización del sistema Hawala, que puede implicar un control y unas obligaciones por parte de los operadores oficiales de este sistema paralelo de transferencias de fondos.

 

Esta operación puede realizarse también con particulares, por ejemplo, a través de estudiantes que realizan sus estudios en el extranjero.

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2.6.5.3. Cheques Viajeros

 

La compra de cheques de viajeros es uno de los métodos más utilizados mundialmente por cualquier persona que quiere viajar sin tomar el riesgo de transportar efectivo. Se compra este tipo de medio de pago en cualquier banco de su país, y se pueden intercambiar después por efectivo en cualquier establecimiento financiero en cualquier país.

Se han visto que los terroristas del 11 de septiembre de 2001, habrían utilizado esta técnica para transferir fondos hacia EE.UU.

A nivel de la prevención por los establecimientos financieros, se trata de tomar las medidas suficientes de comprobación de identidad (y registro de la información correspondiente) de los compradores (a nivel de la institución en donde se compran), y del portador que viene a cobrar tales instrumentos, y tomar las medidas necesarias a nivel de un posible fraccionamiento en relación con la compra de una cantidad importante, y a nivel del cobro.

En relación con indicadores que deben aumentar la vigilancia de la institución financiera, se destacan los siguientes:

  • Una frecuencia anormal de compra de cheques de viajero, en el mismo tiempo, por clientes de la misma etnia, en efectivo.
  • Compra de una cantidad anormal por un cliente del banco, sin razón y no correspondiente a su perfil.
  • Compra en efectivo por parte de individuos procedentes de regiones sensibles a actividades terroristas.
  • Compra de cheques de viajero en pequeñas cantidades por parte de un número inusual de personas, en un corto tiempo, que no tienen el perfil de comprar estos instrumentos
  • A nivel del cobro, individuo extranjero que rechaza proporcionar pruebas de su identidad.
  • Varios individuos extranjeros procedentes de la misma región sensible a actividades terroristas, que realizan el cobro de cheques de viajero en el mismo lapso, en el mismo establecimiento financiero, o en varios

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2.6.5.4. El Arbitraje Cambiario Internacional

 

 Fuente: Gafisud Tipologías informe 2005

Esta tipología se observa particularmente en un país andino, pero sus efectos involucran a algunos países de la región que pueden ser utilizados como tránsito del dinero ilícito. Se trata de aprovechar la diferencia de precio que existe entre la tasa de cambio oficial (TRM o Taza Representativa del Mercado establecida por las autoridades de este país andino) y el precio del dólar en el mercado libre, para lo cual se abren cuentas corrientes o de ahorros en otros países y se realizan retiros en moneda local a través de las diferentes redes de cajeros.

Es importante advertir que el arbitraje internacional de divisas puede ser lícito o ilícito. El arbitraje lícito se desarrolla por personas o empresas que declaran la totalidad de sus operaciones, cumplen con todas las obligaciones legales aduaneras, cambiarias y tributarias tanto nacionales como internacionales y se utilizan divisas y capital de trabajo lícitos.

Es ilícito cuando las divisas adquiridas o el capital inicial provienen de alguna actividad delictiva o que se destinan para actividades ilícitas tales como el financiamiento de las organizaciones subversivas armadas de la región. También es ilegal cuando no se cumple con todos los requisitos cambiarios, tributarios y aduaneros establecidos o no se declaran todas las operaciones realizadas.

Esta tipología puede desarrollarse en las siguientes etapas:

 

1. Ingreso de divisas al país local: Las divisas en efectivo provienen de una actividad delictiva y generalmente ingresan al país de manera clandestina, sin cumplir la totalidad de las obligaciones legales o no son declaradas en su totalidad.

2. Adquisición de las divisas en el país local: Las divisas pueden ser compradas por personas, negocios o empresas (cuyas actividades económicas pueden ser legítimas o ilegitimas) con dinero, que puede ser de origen lícito o ilícito.

3. Transporte de las divisas a un país extranjero: Las divisas en efectivo son transportadas a otro país. Para ello, se pueden declarar y cumplir con todas las obligaciones legales aduaneras, cambiarias y tributarias, o por el contrario, se pueden transportar de manera clandestina y al margen de la ley.

4. Consignación de las divisas en el país extranjero: Las divisas en efectivo son consignadas en un banco de otro país (puede tratarse de un tercer país involucrado). Estos depósitos pueden estar ajustados a las normas o se pueden realizar de manera clandestina e ilegal, dependiendo de la manera como ingresaron las divisas al país extranjero.

5. Disposición del dinero Las divisas consignadas en las cuentas bancarias del país extranjero (tercer país) son convertidas en moneda local. Se puede realizar de manera lícita, canalizadas a través de los intermediarios financieros y utilizando mecanismos legítimos tanto del mercado regulado como del mercado libre. Otra manera puede ser mediante la utilización de cajeros electrónicos con múltiples tarjetas electrónicas, cuyos titulares posiblemente están siendo suplantados o han “prestado” sus nombres para efectuar el retiro del dinero en efectivo.

Una vez que se tiene el dinero en efectivo, se adquieren las divisas en el país local y se puede reiniciar el ciclo ya mencionado.

 

Los indicadores en relacion con una posible deteccion cuando se utiliza para realizar una actividad ilícita a través del arbitraje cambiario internacional se presentan a continuación: 

  • Ingreso clandestino de divisas en efectivo o parcialmente declaradas ante las autoridades aduaneras.
  • Compra y venta de divisas en efectivo efectuada frecuentemente por personas o negocios que no están legitimadas para ejercer esta actividad.
  • Compra y venta de divisas en efectivo con que presentan indicadores de fraccionamiento.
  • Personas que presentan múltiples y frecuentes salidas del país con un mismo destino, declarando la salida de divisas en efectivo y que no corresponden con su perfil económico.
  • Personas que no declaran la totalidad de las divisas en efectivo que están saliendo del país.
  • Personas realizando numerosas y frecuentas transacciones en cajeros electrónicos con cargo a cuentas de bancos en el exterior.
  • Traslado frecuente de dinero en efectivo (físico o mediante transferencias bancarias) a zonas fronterizas del país.

El problema en materia de investigación es determinar el origen de los fondos que fueron utilizados en este circuito. Como transitan en efectivo de un país al otro, inclusive a veces en varios países, es particularmente difícil de poder identificar –y comprobar judicialmente- este origen. El lavado de dinero de origen criminal, narcotráfico, secuestros, chantajes, o de otras actividades criminales, suele tener las mismas características. Una de las “excusas” frecuentemente presentadas para tratar evitar la sanción penal correspondiente a lavado, consiste a pretender que los fondos originales del circuito provienen de una defraudación tributaria.

Caso de ilustración: Empresa local de inversiones que realiza arbitraje cambiario. (fuente UIAF Colombia -informe sobre Tipologías de lavado de activos y financiamiento del terrorismo 2004 - página 22)

Una empresa de asesorías en inversión X recientemente creada por un grupo de jóvenes en el interior del país, conociendo las ventajas que representa el diferencial cambiario, decide realizar operaciones de arbitraje de divisas. Para ello, realiza transferencias locales de dinero para adquirir en una ciudad fronteriza divisas en efectivo. Con el propósito de obtener la mayor rentabilidad posible, la empresa X contacta una organización delictiva Z que les ofrece divisas en efectivo, en el país local, a un muy buen precio. La organización delictiva Z ingresa las divisas al país local de manera clandestina. La empresa X compra dichas divisas, realizando el cambio de cheques en efectivo de las cuentas bancarias de la empresa. Las divisas en efectivo son declaradas ante la autoridad aduanera, y trasladadas vía aérea a otro país por la empresa X. Allí son consignadas en una cuenta bancaria que figura a nombre de uno de los socios de la empresa, residenciado en ese país. El dinero es retirado pocos días después por la empresa local X, a través de múltiples y frecuentes transacciones en cajeros electrónicos, con la tarjeta débito que el socio de la empresa había remitido con anterioridad. Con este dinero, nuevamente se compran divisas ilícitas en efectivo a la organización Z y se repite la práctica descrita. Con el propósito de distraer la atención de las autoridades, parte de las divisas en efectivo fueron adquiridas a través de algunos Intermediarios pagando el precio del mercado.

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2.6.5.5. Depósitos a Plazo Fijo (a término)

 

 Fuente: Gafisud Tipologías informe 2005

La situación económica de la mayor parte de los países latinoamericanos, ha generado que sus ciudadanos convengan en utilizar instrumentos financieros a corto plazo y con riesgo diversificado, con el fin de asegurar que su inversión o ahorro podrá ser recobrado en cualquier momento ante diferentes posibles políticas de Estado. Una de las consecuencias de esta tipología es la creación de Depósitos a Plazo Fijo “al portador”, es decir que el beneficiario final es la persona que porta el documento y a la cual ha sido endosado dicho documento mercantil.

Las organizaciones terroristas, han encontrado en esta modalidad una manera muy sencilla de recibir recursos lícitos de personas naturales o jurídicas, las cuales siendo clientes permanentes de una institución financiera, deciden (bajo el pretexto de riesgo de mercado), solicitar la apertura de varios depósitos a plazo fijo, fraccionando importantes cantidades de dinero en varios depósitos y colocando como beneficiario “al portador”. Luego, después de un corto tiempo, el titular del depósito, endosa el documento a un prestanombre (testaferro), el cual cobra dicho documento en efectivo. Generalmente los documentos son por debajo del umbral de reporte a la autoridad de control y el cobro se realiza antes del tiempo estipulado en el contrato, sin importar los cargos por penalidad. La mayor cantidad de casos registrados en América latina corresponden al financiamiento de actos subversivos de parte de Organizaciones No Gubernamentales o a través de sus representantes.

Esta tipología puede desarrollarse en las siguientes etapas:

 

1. Solicitud de fraccionamiento de un depósito importante en varios pequeños: El financiador de las actividades terroristas, solicita a la entidad financiera de la cual es cliente, que proceda a fraccionar sus recursos consignados en varios depósitos a plazo fijo por valores menores a los del umbral de reporte y con el beneficiario de “al portador”, bajo la excusa de proyectos de inversión o riesgo de mercado.

2. Cobro anticipado de los depósitos fraccionados: El financiador, endosa uno o varios de sus depósitos a plazo fijo fraccionados, a favor de diversas personas. Estas personas, realizan el cobro respectivo, sin dar reclamo alguno por la penalidad incorporada tras el cobro anticipado.

 

Los indicadores genéricos de una posible utilización para fines criminales de este sistema de producto financiero son los siguientes:

  • Inexplicables solicitudes de fraccionamiento de depósitos grandes en varios pequeños por debajo del umbral de reporte.
  • Apertura de varios depósitos a plazo fijo con el beneficiario de “al portador”.
  • Cobros anticipados y consecutivos de los depósitos “al portador”, sin reclamar la penalidad incorporada por el cobro anticipado.
  • Cobros de depósitos a plazo fijo antes de su fecha, realizados en sucursales alejadas, sin aparente justificación de la operación.
  • Poca o nula relación comercial entre el titular verdadero y el beneficiario final del depósito a plazo fijo.

 Los indicadores específicos de financiamiento del terrorismo deberían incluir a estos indicadores genéricos ciertos datos suplementarios ligados con la identidad del solicitante y zona geográfica de compra y cobro del mismo producto financiero.

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2.6.5.6. Préstamos Bancarios

 

El sector financiero legal puede también ser utilizado como fuente de financiamiento del terrorismo a través de sus productos financieros, en particular, los préstamos.

Existen diferentes tipologías en este caso. La más importante, que concierne sobre todo al lavado de activos de procedencia criminal, consiste en el préstamo garantizado o back to back. En el caso de lavado de activos o de financiamiento del terrorismo, el proceso es el mismo.

 

¤ El préstamo garantizado o back to back.

Ejemplo hipotético: Una organización terrorista dispone de fondos en el extranjero, procedentes de diferentes fuentes legales o ilegales. Estos fondos se han depositados en un banco de este país extranjero. El titular aparente de estos fondos pide una letra de crédito al banco por una cierta cantidad, correspondiendo a las cantidades depositadas. Luego, en el país de actuación de la organización terrorista, un tercero neutral pide un préstamo en un banco local, depositando como garantía esta misma letra de crédito. El préstamo otorgado, el beneficiario no reembolsa rápidamente las mensualidades, y el banco pone en cobro la letra de crédito de garantía. Los fondos se transfieren del banco extranjero al banco nacional y salda la deuda.

Esta técnica es sobre todo una técnica de transferencia de fondo de un lugar al otro, correspondiente a la segunda etapa de la Disposición en el proceso del financiamiento del terrorismo.

Los pasos son los siguientes:

    1. Solicitud de préstamo con una garantía real constituida en el exterior.
    2. Rápido abandono del pago de reembolso del préstamo.
    3. Puesta en cobro de la garantía externa.

Los principales indicadores genéricos de una posible tipología de lavado de dinero son los siguientes:

  • Cliente que solicita un préstamo a nivel local, presentando un letra de crédito de un banco extranjera ubicada en un lugar conocido por su débil sistema antilavado, de un banco ubicado en un paraíso fiscal, o de un banco totalmente desconocido (shell bank).
  • Un cliente que obtuvo un préstamo local con una garantía real ubicada en el extranjero, que abandona rápidamente el pago de sus mensualidades.
  • Un cliente que solicita un préstamo importante con una garantía que no corresponde a su perfil económico declarado.

Los indicadores específicos de una posible operación ligada con el financiamiento del terrorismo corresponden a los indicadores genéricos, relacionados con la identidad del solicitante/beneficiario del préstamo, y la ubicación geográfica de la operación y garantía.

 

¤ Uso de empresas fachada para la obtención de préstamos bancarios para el financiamiento de grupos terroristas

Esta tipología se refiere al uso de empresas fachada, que gozan de excelente respaldo financiero, para que sus dependientes o terceras personas la utilicen como garantía quirografaria en la obtención de créditos de consumo fraccionados y que finalmente son utilizados para el financiamiento de grupos subversivos.

Ilustración de la Tipología: La empresa A goza de la posición financiera ideal para constituirse como garante de cualquier préstamo bancario. Tanto los funcionarios dependientes de la empresa como terceras personas solicitan préstamos de “consumo” por cantidades que oscilan entre los 4 000 y 6 000 USD y colocan como persona garante a la empresa A. El plazo de repago de los préstamos no es superior a los 15 meses. El dinero recibido a través de los préstamos, es utilizado para el financiamiento de las operaciones guerrilleras locales. Al cabo de los seis meses después de recibidos los préstamos, el gerente de la empresa A procede a cancelar, en un solo pago por préstamo, los créditos solicitados, arguyendo que la empresa asumirá los préstamos y procederá a descontar mediante la planilla mensual de sueldos, para el caso de los dependientes, y el cobro directo, para las terceras personas que no mantienen una relación laboral con la empresa A.

Los indicadores genéricos en esta tipología son los siguientes:

  • Numerosas solicitudes de préstamo con un garante común.
  • Pago anticipado de los préstamos solicitados.
  • Inexistencia de relación laboral entre las personas solicitantes del préstamo con la entidad garantizadora.

Las mismas características son validas para indicadores específicos del financiamiento del terrorismo.

Esta tipología se ubica en la primera etapa del financiamiento del terrorismo, a nivel de la Recaudación. Generalmente se trata de una extorsión realizada sobre una empresa local conocida, que pone en aplicación este método por razones contables, para salir los fondos correspondientes a esta obligación financiera impuesta por la organización terrorista.

 

¤ Uso de terceras personas en la obtención de préstamos hipotecarios para el financiamiento de grupos terroristas

Esta tipología se refiere al uso de terceras personas, en la mayoría de los casos, inocentes, para la obtención de altos créditos hipotecarios y la promesa de excelentes comisiones, a través del uso de empresas inmobiliarias de fachada que cuentan con papeles de propiedades ficticias. El destino final de los recursos es el financiamiento de grupos guerrilleros. Se trata más de una estafa que permite procurarse fondos a partir de préstamos.

Ilustración de la Tipología: Un grupo de empresas inmobiliarias de fachada, falsifica la documentación referida a la propiedad real de terrenos ubicados en la localidad A. Posteriormente, identifica a un grupo de individuos que gozan de cargos respetables en diferentes empresas locales y les ofrecen ingresar en una sociedad circunstancial de construcción de complejos de vivienda. Los beneficios a los que accederían estos individuos son una comisión de gratificación y la obtención de una propiedad gratuita en los futuros predios de vivienda. Para lo cual, los individuos acceden a constituirse en los solicitantes de altos préstamos hipotecarios con la entrega de las garantías hipotecarias ofrecidas por las empresas inmobiliarias y la complicidad de un ejecutivo de cuentas en la entidad bancaria. Las supuestas garantías hipotecarias son modificadas para que figuren como propietarios legítimos los individuos solicitantes del préstamo. Una vez entregados los fondos, en efectivo, procedentes de los préstamos bancarios, los dueños y administradores reciben el total de los fondos y prometen entregar la comisión correspondiente a los individuos deudores, lo cual no sucede, y desaparecen con los fondos, cuyo destinatario final son los grupos de guerrillas de la región. Con el tiempo, los individuos no pueden pagar la cuota del préstamo y se constituyen en deudores castigados por la entidad financiera.

Los indicadores genéricos en esta tipología son los siguientes:

  • Solicitudes de préstamo de alta cuantía por personas naturales como solicitantes de importantes préstamos hipotecarios para una operación comercial.
  • Cambios repentinos de propietarios en documentos de propiedad.
  • Falsificación de documentación oficial.

Esta operación fraudulenta y engañosa realizada con el único objetivo de encontrar fuente de financiación en operaciones de préstamo se ubica en la primera etapa del financiamiento del terrorismo, es decir la Recaudación.

Caso de ilustración: Uso de empresas de fachada para la obtención de préstamos bancarios y el posterior financiamiento de grupos terroristas

Esta tipología se refiere al uso de empresas fachada, que gozan de excelente respaldo financiero, para que sus dependientes o terceras personas la utilicen como garantía quirografaria en la obtención de créditos de consumo fraccionados y que finalmente son utilizados para el financiamiento de grupos subversivos.

La empresa A, que realiza actividades de compra y venta de equipos tecnológicos, goza de la posición financiera ideal para constituirse como garante de cualquier préstamo bancario. Tanto los funcionarios dependientes de la empresa como terceras personas solicitan préstamos de “consumo” por cantidades que oscilan entre los 4 000 y 6 000 USD y colocan como persona garante a la empresa A. El plazo de repago de los préstamos no es superior a los 15 meses. El dinero recibido a través de los préstamos, es utilizado para el financiamiento de las operaciones guerrilleras locales. Al cabo de los seis meses después de recibidos los préstamos, el gerente de la empresa A procede a cancelar, en un solo pago por préstamo, los créditos solicitados, arguyendo que la empresa asumirá los préstamos y procederá a descontar mediante la planilla mensual de sueldos, para el caso de los dependientes, y el cobro directo, para las terceras personas que no mantienen una relación laboral con la empresa A.

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2.6.6. Análisis de Casos

 

A continuación se presentan diferentes casos de uso abusivo del sistema financiero legal para el financiamiento del terrorismo y sus análisis correspondientes. La descripción de los casos es una adaptación de los casos correspondientes presentados por diversas autoridades (GAFI, GAFISUD, UIFs y otras). Estos casos pueden servir como ejemplos de aplicación de la metodología de prevención y detección del financiamiento del terrorismo (Ver inciso 6.3), en particular en el ámbito de talleres.

  

 

Caso # 1: Fondos colectados en un país A y transferidos a una organización terrorista en un país B 

 

Tipología

Se impone una contribución financiera a la población exiliada, que se transfiere electrónicamente después al país de residencia de la representación política del grupo terrorista, para financiar el contrabando de armas y materiales necesarios a las actividades de la organización terrorista

Descripción del caso

Una organización terrorista utiliza sus contactos en el extranjero para gravar con un impuesto a una comunidad de expatriados sobre sus ganancias y ahorros. Este impuesto se deposita en una cuenta bancaria de un “fondo caritativo” en el mismo país de recaudación, y se transfiere electrónicamente a una cuenta bancaria detenida a nombre de una oficina de representación que constituye el ala política oficial y legal del grupo terrorista en el país vecino. Una importante comunidad circula entre ambos países limítrofes, lo que favorece además el trafico de contrabando de armas y materiales a la provincia autónoma donde la organización terrorista perpetra sus ataques

Fuentes

GAFI- Informe de tipología 2003/2004

Instrumentos usados

  • Divisas en efectivo
  • Cheques
  • Giros

Técnicas usadas

  • Depósitos bancarios
  • Transferencias interbancarias

Métodos usados

  • Utilización de la cuenta bancaria de una entidad caritativa para transferir fondos en el extranjero.

Mecanismos usados

  • Entidad caritativa
  • Instituciones bancarias

Etapa de FT

Esta etapa que consiste en transferir los fondos después de su recaudación sobre una población inmigrante (voluntaria o forzada) a la cuenta de la organización política oficial de la cual se reivindica la organización terrorista, se ubica en la segunda de las tres etapas del proceso de financiamiento del terrorismo, es decir la etapa de la Disposición.

Indicadores

Indicadores específicos de sospecha de FT

  • Acumulación anormal de fondos importantes en volumen, procedentes de la misma comunidad exiliada de un país conflictivo, sobre una cuenta bancaria de un organismo caritativo
  • Transferencia electrónica desde una organización caritativa a la cuenta de una organización política conocida por ser el ala oficial representativa del grupo terrorista
  • Actividades de recaudación forzada de fondos en la comunidad exiliada del país o etnia del grupo terrorista

Análisis reacciónales en materia de detección y represión

  • A nivel de los analistas del sistema bancario: conocimiento de los operadores del fondo, del origen de los fondos depositados, del destino de las transferencias efectuadas.
  • A nivel de los analistas de la UIF: identificación del origen y destino de los fondos. Informaciones extranjeras sobre los nexos bancarios con otras cuentas, identificación del posible nexo con individuo o entidades señaladas como terroristas
  • A nivel de los investigadores judiciales: investigación de inteligencia para comprobar el nexo con los fondos recogidos a través del fondo caritativo, la organización política y la organización terrorista beneficiaria.

Enseñanza de la tipología

Este caso ilustra la importancia como fuente de financiación ―voluntaria o forzada―, sobre los miembros de comunidades étnicas o religiosas inmigrantes, por parte de organizaciones terroristas de misma fe. La importancia de hacer transparentes los organismos caritativos y humanitarios a nivel de la recaudación y utilización de sus fondos, se pone en relieve en este ejemplo.

Variantes metodológicas

Cualquier variante que utiliza organismos sin fines de lucro para recaudar y mover fondos.

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Caso # 2: Utilización de cuentas terceras, para mover fondos internacionalmente a beneficio de una organización terrorista

 

 

Tipología

Se utiliza un cierto número de cuentas receptoras de las transferencias electrónicas, a nombre de individuos ‘neutrales” en relación con la organización terrorista, en donde se conservan los fondos hasta su utilización definitiva por la organización terrorista

Descripción del caso

Se observó que una organización terrorista del País X utilizaba transferencias electrónicas para mover fondos en el País Y que finalmente se empleaban para alquilar casas “seguras”, comprar y vender vehículos y adquirir componentes electrónicos destinados a la construcción de dispositivos explosivos. La organización se valía de cuentas “puentes” o “conductos” en el País X como medio para mover fondos entre ambos países. Las cuentas en ambos extremos fueron abiertas a nombre de personas sin ninguna vinculación aparente con la estructura de la organización terrorista pero vinculados entre si por parentesco o por lazos similares. De modo que la aparente relación familiar podría justificar las transferencias, si fuera necesario

Los fondos en su mayoría compuestos en efectivo de la organización terrorista, se depositaban en las cuentas bancarias desde las cuales se hacían las transferencias. Recibido el dinero en el destino, el depositario lo mantenía en la cuenta o lo invertía en fondos mutuos de inversión donde permanecían ocultos y a disposición de la organización terrorista para cualquier necesidad. Como alternativa, el dinero se transfería a otras cuentas bancarias administradas por el responsable financiero de la organización y era distribuido para pagar la compra de equipos y materiales o para cubrir gastos especiales realizados por la organización en sus actividades clandestinas.

Fuentes

GAFI- Informe de tipología 2003/2004

Instrumentos usados

  • Divisas en efectivo
  • Productos de inversión
  • Cuentas bancarias

Técnicas usadas

  • Apertura de cuentas a nombre de terceros aliados en ambos país.
  • Depósitos de efectivo sobre las cuentas
  • Transferencias interbancarias internacionales
  • Compra de productos de inversiones

Métodos usados

  • Fraccionamiento de cuentas bancarias para dificultar la detección
  • Utilización de prestanombres para ocultar los verdaderos operadores
  • Inversiones legales en productos financieros

Mecanismos usados

  • Institución bancaria
  • Fondo mutuo de inversión

Etapa de FT

Estas cuentas bancarias en ambos país sirven para mover fondos y guardarlos hasta el momento de su utilización final. Se ubican en la segunda etapa del proceso de financiamiento del terrorismo, a nivel de la “Disposición”.

Indicadores

a) Indicadores Genéricos de sospecha

  • Depósitos en efectivo sobre cuentas bancarias, seguidas inmediatamente por transferencias electrónicas internacionales
  • Transferencias repetitivas entre cuentas bancarias ubicadas en países diferentes y haciendo intervenir siempre los mismos remitentes y beneficiarios.
  • Importancia de movimientos de fondos no correspondiente con el perfil del cliente

b) Indicadores Específicos de sospecha

  • Clientes ubicados en regiones sensibles a las actividades terroristas, con comportamientos no usuales
  • Transferencias finales a cuentas administradas por un simpatizante de un grupo terrorista

Análisis reacciónales en materia de detección y represión

  • A nivel de los analistas del sistema financiero: La detección de esta tipología de financiamiento del terrorismo repone principalmente sobre los analistas del sistema bancario, en particular sobre la evidencia de anomalías en el comportamiento de sus clientes a nivel financiero (indicadores).
  • A nivel de los analistas de la UIF, la investigación llevara particularmente sobre el destino de los fondos, tratando de identificar nexos con la organización terrorista (posible a vista de los giros realizados sobre la cuenta controlada por el responsable financiero de la organización terrorista). Se utiliza la cooperación internacional en materia de informaciones financieras (Grupo Egmont o acuerdos específicos entre UIFs)
  • A nivel de los investigadores judiciales: identificación de los nexos entre los titulares de cuentas bancarias en ambos país, y sus nexos con la organización terrorista. Identificación del origen y destino final de los fondos que transitan a través de estas cuentas.

Enseñanza de la tipología

Este caso ilustra la importancia de identificar los clientes de cuentas bancarias y de verificar si operan por su propia cuenta o por la cuenta de operadores ocultos.

Variantes metodológicas

Cualquier método de movimiento de fondos que involucra la utilización de prestanombres.

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Caso # 3: Lavado de fondos de origen criminal a través de una empresa de fachada que utiliza después un sistema relativamente complejo para realizar movimientos financieros internacionales.

 

 

Tipología

Se utiliza una entidad económica de fachada para lavar dinero producido por un tráfico de droga correspondiente a una fuente de financiación de una organización terrorista. Los fondos después son transferidos en otro país, a través de un sistema de cheques negociables utilizando terceros, cuentas y transferencias bancarias.

Descripción del caso

Una investigación llevada a cabo en el País A sobre la Compañía Z, una empresa sospechada de participar en el contrabando y distribución de seudo efedrina (una fuente de ingresos sospechada de estar vinculada con el terrorismo) reveló que los empleados de la Compañía Z enviaban una cantidad considerable de cheques negociables al País B. Otras pruebas demostraron que el negocio de destino funcionaba como agencia de remesa de dinero sin licencia. En base a la información anterior, se obtuvieron órdenes de allanamiento de las instalaciones de la Compañía Z y dos viviendas. El análisis de los documentos y registros bancarios incautados en el allanamiento indicó que los sospechosos giraban telegráficamente dinero a una persona sospechada de estar vinculada con un grupo terrorista.

Más tarde en ese mismo año, los investigadores hicieron una serie de allanamientos coordinados. Se arrestaron tres sujetos que fueron acusados por falta de habilitación para operar un negocio financiero. Se incautaron además 60 000 USD en efectivo y en cheques. Asimismo se identificó una cuenta con un saldo de aproximadamente 130 000 USD que se utilizaba para facilitar las transferencias electrónicas fuera del País A.

Fuentes

GAFI- Informe de tipología 2003/2004

Instrumentos usados

  • Divisas en efectivo
  • Cheques negociables

Técnicas usadas

  • Mezcla de fondos lícitos y ilícitos dentro de una empresa de fachada
  • Depósitos y fraccionamiento de fondos de la empresa sobre cuentas de un cierto número de sus propios empleados
  • Transportes físicos o envíos no declarados de valores (cheques negociables) en otro país.
  • Cobros de cheques extranjeros negociables sobre una cuenta bancaria o en la ventanilla de bancos.
  • Depósitos de fondos por cheques o efectivo sobre una cuenta bancarias para realizar transferencias electrónicas internacionales.

Métodos usados

  • Lavado de dinero a través la utilización de una empresa de fachada
  • Utilización de prestanombre para mover fondos a través de medios de pago negociables y de transferencias electrónicas interbancarias

Mecanismos usados

  • Empresas comerciales
  • Instituciones financieras

Etapa de FT

Esta parte de transferencias electrónicas, realizada después del cobro de cheques, corresponde a la segunda etapa del proceso del financiamiento del terrorismo, correspondiente a la “Disposición”

Indicadores

a) Indicadores Genéricos de sospecha

  • Empresas con actividad importante financiera no justificaba (contrabando de productos ilícitos)
  • Numerosos depósitos de efectivo sobre cuentas personales seguidos por la emisión de cheques cobrados en el extranjero.
  • Grandes movimientos en cantidad de cheques negociables en el extranjero, por parte de individuos con la misma característica de ser empleados de la misma empresa
  • Cuentas individuales que reciben números cheques y salidas en efectivo

b) Indicadores Específicos de sospecha

  • Transferencias finales a cuentas administradas por un simpatizante de un grupo terrorista
  • Numerosas transferencias electrónicas internacionales con el mismo beneficiario, a partir de la cuenta empresarial de la Compañía, y conocido por ser vinculada a un grupo terrorista

Análisis reacciónales en materia de detección y represión

  • A nivel de los analistas financieros: los indicadores genéricos mencionados precedentemente son suficientes para la realización de un ROS. Depende del nivel de control sobre los clientes y las operaciones realizadas por aquellos (vigilancia) adoptado por la institución bancaria
  • A nivel de los analistas de la UIF: extracción de las operaciones de mismo perfil (clientes todos empleados de la misma empresa que establecen cheques todos cobrados en el mismo país extranjero), identificación de todos los intervinientes en este esquema, de los dos lados de la cadena financiera. Obligación de cooperación internacional entre UIFs de ambos países. Verificación de nexos posible con una organización terrorista
  • A nivel de los investigadores judiciales: operaciones de inteligencia y judiciales sobre cada uno de los intervinientes identificados en esta red financiero, investigación sobre la empresa de fachada Z para identificar el origen ilícito de parte de sus ingresos,

Enseñanza de la tipología

Esta tipología pone en juego diferentes técnicas de lavado de dinero y de movimientos internacionales de fondos, físicos y electrónicos así como un gran número de actores, así como países diferentes para enredar las pistas. Sin embargo existen rastreos posibles para los investigadores, en particular con los cheques, cuentas bancarias y transferencias.

Variantes metodológicas

Cualquier método de financiamiento del terrorismo, utilizando entidades económicas para lavar fondos de procedencia de actividades primarias criminales.

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Caso # 4: Caso de ilustración de la tipología especulativa llamada “Aplicación”

 

 

Tipología

Técnica de la aplicación que consiste en comprar acciones con un precio alto a una contraparte vendedora de las mismas acciones. El pago se realiza a través de la bolsa de valores. En realidad ambas empresas, compradora y vendedora son cómplices, permitiendo transferir fondos internacionalmente.

Descripción del caso

Una organización subversiva armada, establecida desde tiempo en una región de un país X, se financia en parte por fuentes exteriores, en particular con extorsiones sobre empresas internacionales que actúan en su zona de actividades. La organización ha creado y controla varias entidades jurídicas, tanto en el mismo país, como en ciertos refugios financieros extraterritoriales. En el país A una sociedad compra un paquete de acciones de una empresa cotizada X, con un valor de mercado de 10. Otra sociedad ubicada en un RFE, con cuenta bancaria ya alimentada por dinero procedente de estas extorsiones, pide a su corredor bursátil (ubicado en otro refugio fiscal) la compra de acciones de la misma sociedad X, a un valor de 15. A través del proceso bursátil (corredores y operadores bursátiles), la sociedad del país A vende sus acciones X a 15 respondiendo a esta oferta. El pago de las acciones se realiza de la sociedad offshore compradora a la sociedad pantalla del país A vendedora, a través de los operadores bursátiles. En realidad ambas empresas, la que vende sus acciones y la otra que compra, pertenecen a la misma organización terrorista, y este proceso permite justificar una transferencia del dinero a blanquear, del refugio fiscal país de ubicación de la empresa vendedora, a través del sistema bursátil, y su justificación por una operación legal de compra-venta de acciones

Fuentes

Diversos

Instrumentos usados

  • Acciones de sociedades

Técnicas usadas

  • Depósitos de efectivo sobre cuentas bancarias de sociedades pantalla
  • Creación de sociedades pantalla en diferentes jurisdicciones
  • Oferta de compra de acciones
  • Oferta de venta de acciones
  • Compensación de cuentas

Métodos usados

  • Lavado de dinero a través de entidades jurídicas
  • Falsa especulación sobre valores mobiliarios

Mecanismos usados

  • Empresas comerciales
  • Operadores bursátiles
  • Bolsas de Valores
  • Bancos

Etapa de FT

Esta operación que consiste en repatriar fondos obtenidos en el extranjero por una fuente criminal (extorsión) en el país de actividades de la organización terrorista, se ubica en al segunda etapa del proceso del financiamiento del terrorismo, es decir la etapa de la Disposición

Indicadores

Los indicadores específicas de posible financiamiento del terrorismo residen principalmente en una operación ligando una sociedad anónima de un refugio financiero (no identificable), comprando a un precio alto inusual, acciones vendidas por una entidad jurídica ubicada en un país de actividades terroristas, creando un flujo financiero sospechoso inverso hacia este mismo país. En realidad la distinción puede resultar difícil ya que las características son idénticas para una operación de lavado de dinero de una organización narcotraficante (si el mismo país alberga también actividades de narcotráfico por parte de organizaciones criminales). Convendría identificar el nexo entre las sociedades compradores y vendedores con la organización terrorista.

Análisis reacciónales en materia de detección y represión

  • A nivel de los analistas del sector bursátil: Conocimientos de los clientes. Identificar la razón de la compra de acciones a este precio aparentemente sobrevaluado
  • A nivel de los analistas de la UIF: Identificar a los dueños de ambas sociedades (compradora y vendedora), analizar la operación financiera, utilizar el Grupo Egmont para obtener informaciones en el Refugio Financiero, sobre la sociedad offshore anónima compradora. Identificar al beneficiario económico de la sociedad offshore y de la cuenta bancaria en el RFE. Verificar la procedencia de los fondos depositados sobre esta cuenta. Realizar lo mismo en el país A.
  • A nivel de los investigadores judiciales: Investigación clásica e inteligencia (vigilancia, intervenciones de comunicaciones en particular) sobre la empresa vendedora del país A para establecer su conexión con las organizaciones terroristas del país. A nivel internacional, solicitar INTERPOL o los acuerdos de cooperación internacional mutua, para identificar la empresa offshore y el origen de sus fondos, en el Refugio Financiero Extraterritorial

Enseñanza de la tipología

La utilización de sector bursátil, con la gran cantidad de operaciones especulativas que permite, la posibilidad de intervenir a distancia (Internet) o a través de corredores ubicados en cualquier parte del planeta, la complejidad de ciertas operaciones, y el volumen extremamente importante de operaciones diarias realizadas (y su rapidez) dificulta particularmente no solamente la detección sino las investigaciones en materia de rastreo a posteriori de operaciones ligada con el mundo criminal. Muy pocos servicios investigadores judiciales están capacitados para actuar en este terreno bursátil. Lo que explica que no existen muchas informaciones sospechosas emanando de este sector, no solamente en materia de lavado de dinero, sino aún menos en materia de financiamiento del terrorismo. Esta tipología de financiamiento se reserva a organizaciones terroristas históricas de cierta amplitud de ingresos.

Variantes metodológicas

  • Cualquier caso haciendo intervenir parte y contraparte cómplices, en particular sobre mercados negociados de valores, contratos a futuro etc…

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 Caso # 5: Movimientos internacionales de fondos a través de tarjetas de débito

 

 

Tipología

Utilización de tarjetas de débito adosadas sobre diferentes cuentas bancarias ubicadas al exterior del país para mover fondos internacionalmente

Descripción del caso

Un miembro de una organización terrorista del país A, que se financia en parte gracias al tráfico de droga hacia el país B, recibe el pago de este tráfico en el país B, por 150 000 dólares americanos en efectivo. Este individuo contacta, en una zona populosa de la ciudad del país B, cuya mayor cantidad de residentes son de bajos recursos, a una persona de la misma zona, y le ofrece por una comisión de 50 dólares, de abrir una cuenta de ahorro en el banco local, y depositar una cantidad de 7 500 Dólares en efectivo, solicitando una tarjeta de débito, que le remitiría. El ciudadano del país B, en su ingenuidad, se presta para tal negocio y además permite que el delincuente contacte a su familia para realizar el mismo negocio.

Tres días más tarde, el delincuente ha conseguido aperturar 20 cuentas de ahorro a través de personas humildes, las cuales han depositado cantidades entre 6 000 y 9 000 USD, permitiendo el deposito en unas agencias bancarias de la zona, de los 50 000 USD en esas cuentas. Al cuarto o quinto día, el miembro de la organización terrorista ha retornado en su país A, dando uso a través de diferentes cajeros automáticos a las tarjetas de débito, a través de las cuales, en varios retiros y durante una semana, logra rescatar los 149.000 dólares pero al tipo de cambio de la moneda local. En resumen, fuera de los gastos de viaje, a la organización terrorista le costo mil dólares el haber transferido el dinero ilícito a través de un medio lícito y recobrarlo en moneda local para finalmente entregarlo a la organización criminal

Fuentes

Diversas

Instrumentos usados

  • Divisas en efectivo
  • Tarjetas de débito

Técnicas usadas

  • Fraccionamiento de cuentas
  • Depósitos de efectivo sobre cuentas de terceros
  • Retiros en Distribuidores Automáticos de Billetes (DAB)

Métodos usados

  • Utilización del sistema bancario legal para transferir fondos de un país al otro

Mecanismos usados

  • Sistema bancario

Etapa de FT

  • Este caso corresponde a una acción de la segunda etapa del financiamiento del terrorismo, es decir a nivel de la etapa de la Disposición: el método de mover fondos a partir de su lugar de recaudación, corresponde a una acción licita a través del sistema financiero legal..

Indicadores

  • Para el sector financiero, el único indicador de alerta específico al FINTER correspondería a operaciones de retiro de efectivo con una tarjeta de débito, en una región sensible al terrorismo o conocida por albergar actividades de una organización terrorista
  • Los otros indicadores son clásicos a operaciones ligadas con el lavado de dinero y normalmente deberían obligar al banco de las cuentas a realizar una declaración de sospecha: cuenta recién abierta con deposito en efectivo abajo del tope exigiendo una declaración sistemática, que no concuerdan con los ingresos usuales de la persona, solicitud de tarjeta de débito que se utiliza para vaciar rápidamente la cuenta en el extranjero, y luego la cuenta ya no se mueve, con saldo acercándose a cero

Análisis reacciónales en materia de detección y represión

¤ Para el sector financiero:

  • A la apertura de la cuenta: Profundizar el conocimiento del cliente e informarse sobre la procedencia de los ingresos del nuevo cliente, y la razón de apertura. Sobre todo si es un cliente de vida humilde que nunca tuvo una cuenta bancaria. El Porque de una solicitud de tarjeta de débito
  • Al funcionamiento de la cuenta, extraer los débitos en el extranjero, contactar el cliente (también puede ser útil si se trata de un robo de tarjeta) para verificar si no es un robo de tarjeta. Eso confirmara que no es el cliente que utiliza su cuenta
  • Analizar todas las cuentas que presentan similitudes de funcionamiento en el banco, establecer una lista de personas, para identificar parentescazo familiar, geográfico, temporal.
  • Hacer una declaración de sospechas

¤ Para los analistas de la UIF del país B

  • Profundizar la información sobre cada cliente de cuenta – identidad, actividades financieras, ingresos oficiales, impuestos pagados etc..,
  • Investigar cerca de otros establecimientos bancarios de la zona localizada de la ciudad del país B, para identificar el mismo patrón de funcionamiento de cuentas, en particular en relación con el espacio temporal (entre tal y tal fecha), lugares y fechas de retiros en el país A
  • Analizar y establecer el modus operandi posible
  • Transmitir a la Justicia

¤ Para los servicios judiciales investigadores del país A

  • Investigaciones complementarias clásicas, por el interrogatorio de los ciudadanos del país, implicados en la apertura de las cuentas, determinación de la identidad del extranjero, lugares de estancia, etc., cruce con los servicios de inmigración e inteligencia del país, solicitud de cooperación internacional para los retiros el en país B, e identificación del ciudadano del país B.

Enseñanza de la tipología

Esta tipología muestra la importancia de las tarjetas bancarias en el mecanismo de transferencias internacionales de fondos, que permite evitar el transporte físico de fondos a través de fronteras, y tampoco las transferencias interbancarias.

Variantes metodológicas

  • Se puede utilizar cuentas bancarias ya existentes; lo que presta menos atención
  • Se puede utilizar no una cuenta individual sino empresarial, se deposita fondos en efectivo en una empresa cómplice del país A, la cual presta su tarjeta de débito o crédito para que se retiren los fondos en el país B
  • Se puede adquirir con efectivo cerca de ciertos distribuidores (casas de cambio, otros establecimientos financiero no formales) tarjetas electrónicas prepagadas (por ejemplo de 5000 USD) que permiten la misma operación de retiro internacional

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2.6.7. Mejores Prácticas de Prevención y Detección

 

 

En relación con el sistema financiero legal, las mejores prácticas de prevención y detección del financiamiento del terrorismo resultan de la aplicación de las recomendaciones del GAFI, descritas en sus 40 recomendaciones y 9 recomendaciones especiales.

 

¤ Medidas clásicas antilavado 

En relación con el sistema financiero, el GAFI en sus 40 recomendaciones revisadas en 2003 para incluir el financiamiento del terrorismo, recomienda la adopción reforzadas de las medidas ya en vigor con la prevención y detección, a saber sobre todo los puntos siguientes:

  • Conocimiento del cliente.
  • Conservación de la documentación de identidad y operativa del cliente.
  • Vigilancia de las cuentas.
  • Información a las autoridades de las operaciones en efectivo (arriba del umbral definido), de operaciones grandes, de operaciones inusuales y de operaciones sospechosas.
  • Programas de capacitación continúa.
  • Información por retroalimentación de las autoridades competentes sobre las estadísticas, el número de informes de revelaciones de operaciones financieras sospechosas realizadas, con sus escrutinios apropiados, y los resultados de los mismos, sobre las técnicas, los métodos y las tendencias corrientes (tipologías), y la ilustración por ejemplos neutralizados (sin referencias a nombres de personas, de entidades o de país), sobre los casos actuales de financiamiento del terrorismo.

Se han añadido medidas especiales complementarias en particular sobre personas políticamente expuestas, y sobre la banca privada. (El lector puede referirse a la Guía práctica para el sistema financiero, en el inciso III-2)

 

¤ Vigilancia de las listas antiterroristas

En relación con las medidas específicas contra el financiamiento del terrorismo, estas medidas clásicas reforzadas de utilización de los mecanismos de prevención y detección relativas a las operaciones financieras procedentes del lavado de dinero, se acompañan de una vigilancia y un cruce constantes con la información proporcionada por las autoridades nacionales e internacionales en materia de señalización como terroristas de individuos, organizaciones y entidades jurídicas. Sin las referencias a estas listas e información gubernamental, es imposible para una institución financiera presumir una operación financiera ligada con el terrorismo, sino a lo mejor confundir con operaciones características de lavado de dinero o de un carácter inusual.

La vigilancia de las operaciones a partir de los indicadores específicos al terrorismo puede sustentar un reporte de sospecha a las autoridades.

 

¤ Retorno de informaciones

Tal como lo hemos visto en el inciso II.2.5., la retroalimentación de las informaciones proporcionadas por las instituciones financieras y los sujetos obligados a las medidas de prevención, detección e información a las autoridades competentes de las operaciones financieras sospechosas de estar ligadas con el terrorismo, es importante para orientar a aquellos en el refuerzo de sus medidas de detección.

El conocimiento de las tipologías usadas para el financiamiento del terrorismo les permite a los sujetos obligados a informar, evaluar los riesgos con mejor discernimiento, capacitar su personal, y tener referencias de metodologías de financiamiento del terrorismo. También una retroalimentación de lo que pasa realmente y la utilidad de esta información a las autoridades, permite una mejor colaboración entre el sector privado y los organismos oficiales de lucha.

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2.6.8. Zona de Lectura

 *Ciertos sitios de la red Web, correspondientes a los documentos, son susceptibles de haber cambiado desde la última actualización de la presente Guía: en este caso se recomienda al lector de buscarlo a partir de un motor de búsqueda.

Principal documentación referencial

La lectura de la documentación siguiente permite profundizar el aspecto de la utilización del sector financiero formal para las actividades financieras del terrorismo

Se puede tener acceso a los documentos correspondientes sea a partir de su dirección electrónica, sea directamente en los módulos "Documentación Legal" o "Documentación Temática", o haciendo clic sobre el botón PDF correspondiente al documento

GAFI

GAFISUD

AISS

Joint Forum

  • Iniciativas por el Comité de Basilea sobre la Supervisión Bancaria, la Organización Internacional de Supervisores de Seguros, y de la Asociación Internacionales de las Comisiones de Valores, para combatir el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo. (Inglés) – Enero de 2005
  • http://www.bis.org/publ/joint11.pdf

ONU

EE.UU.

Diversos

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